MARÍA PARDO | A CORUÑA
La Consellería de Sanidade ha sido condenada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Santiago a indemnizar a una familia coruñesa por el fallecimiento de un familiar en el hospital público de la ciudad en 2005.
Según consta en la sentencia, la víctima, de 49 años, era fumador y bebedor y le había sido diagnosticada una década antes una tuberculosis pulmonar. El 24 de mayo comenzó con un cuadro de fiebre que no respondía a la medicación.
El día 26 llamó por teléfono al 061, donde le ordenaron que siguiese tomando analgésicos y antipiréticos. Al día siguiente acudió al ambulatorio de Matogrande, donde sufrió un síncope, por lo que fue remitido al Servicio de Urgencias del hospital público coruñés.
El 28 de mayo, por la tarde, fue trasladado al Servicio de Medicina Interna, donde falleció a las pocas horas. La familia acudió a los tribunales por entender que la muerte se había producido como consecuencia del mal funcionamiento de la Administración sanitaria, reclamación que la Consellería de Sanidade desestimó al entender que la familia no tenía razón.
La Xunta basó su defensa en el resultado de un informe pericial suscrito por cuatro médicos especialistas en Medicina interna, según el cual el paciente fue diagnosticado de forma correcta de neumonía.
En opinión de estos médicos, el fallecimiento se produjo de forma súbita, y no como consecuencia de la enfermedad que padecía, sino que la causa más probable de la muerte fue la aparición de una arritmia. El informe de estos peritos contrasta con el realizado por el experto en cardiología designado judicialmente, quien entiende que "no se agotaron todas las posibilidades médicas" para evitar la muerte del paciente, y que el nivel de asistencia prestada estuvo "muy por debajo" de lo que actualmente ofrece la medicina y, en concreto, de lo que el hospital público coruñés dispone.
El perito judicial concluyó que el paciente había estado demasiado tiempo en una situación de hipotensión severa, que se fue deteriorando al no tratarse de forma adecuada, lo que provocó una fuerte agitación en el enfermo que condujo a su fallecimiento.
Para el experto designado por el juzgado, esta situación pudo ser controlada de forma eficaz si los médicos hubiesen monitorizado el nivel de oxígeno en sangre y aumentado la presión de llenado de los pulmones del paciente. El perito afirmó también que el fallecido tendría que haber sido intubado y trasladado a la Unidad de Cuidados Intensivos, además de corregir su nivel de PH para tener un mejor control de su proceso respiratorio, ya que como consecuencia de la hipotensión severa sufrió una disminución de la presión de oxígeno en la sangre.
La sentencia entiende que la familia de la víctima, representada por Alfonso Iglesias, de la Asociación de Errores Médicos, debe ser indemnizada por la responsabilidad del hospital en la atención recibida por el fallecido.