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MARÍA PARDO / TANIA SUÁREZ | A CORUÑA La Audiencia provincial ha condenado a 73 años y medio de cárcel a Andrés Mayo, más conocido como el violador del chándal, tras considerar probado que cometió cuatro violaciones, cuatro agresiones sexuales (dos de ellas intentadas) y un delito contra la integridad moral entre diciembre de 2006 y agosto de 2007. La sección segunda del tribunal provincial ha condenado al sospechoso por todos los ataques que le imputó el representante de la Fiscalía, incluido el delito contra la integridad moral que incluyó el último día del juicio por los insultos que profirió contra la última mujer de la que abusó antes de ser detenido.
La sala basa su decisión de considerar culpable a Mayo en las declaraciones de las víctimas, de las que destaca su credibilidad y contundencia. Dice la sentencia que las mujeres se expresaron "con un relato sin fisuras, sin adornos ni aspavientos, con absoluta claridad y de forma rotunda".
En el fallo judicial se analiza lo expresado por cada víctima en las ruedas de reconocimiento que se celebraron en las dependencias del juzgado de guardia de A Coruña. Los magistrados recuerdan que todas las víctimas identificaron a Mayo. Unas hicieron constar que "sin género de dudas", otra que "reconoció al acusado nada más entrar" o que al verle "se le puso la piel de gallina". La última mujer que lo denunció incluso necesitó asistencia médica después de ver al violador del chándal en los juzgados, pues sufrió un desvanecimiento.
Analiza también el tribunal la identificación realizada por la mujer que sufrió el quinto ataque. Ella dijo en el momento del reconocimiento que "no podía poner la mano en el fuego", pero después explicó que utilizó esta expresión por los nervios, ya que se encontraba muy alterada "después de estar esperando dos horas encerrada en una habitación". Otro de los puntos en común de las identificaciones, tal y como se recoge en la sentencia, es el tamaño de la manos del agresor, descritas por las víctimas como "grandes, fuertes, rudas, curtidas y obreras", lo que se corresponde con el perfil de Mayo, que se dedicaba a la construcción.
La sentencia hace también referencia a otras pruebas que incriminan a Mayo, como los vestigios de ADN encontrados en las muestras del lavado vaginal realizado a una de las mujeres. Los restos coinciden en los 17 puntos analizados con los del violador del chándal.
También fue hallada en el portal de una de las víctimas una huella dactilar del acusado, aunque la identidad del sospechoso no fue descubierta hasta que la policía localizó a Mayo gracias a la furgoneta que conducía y que fue grabada por las cámaras de seguridad de un edificio cercano al puente que sobrevuela la avenida de Alfonso Molina a la altura de Matogrande, donde se produjo una agresión.
Las abogadas que ejercieron la acusación particular, Inmaculada Fraga y Magdalena Rodríguez -de la asociación de mujeres juristas Themis- expresaron su satisfacción por el contenido de la sentencia y por la decisión del tribunal de incluir en la sentencia la orden de que "los beneficios penitenciarios, permisos de salida, clasificación en tercer grado y cómputo del tiempo para la libertad condicional" deben referirse a la totalidad de las penas impuestas (doctrina Parot). Mayo fue condenado a 112 años de cárcel en 1990 tras haber sido detenido en Oviedo cuando tenía 22 años. El tribunal lo consideró culpable de once violaciones cometidas en Asturias y León por un hombre que siempre vestía de chándal cuando atacaba a sus víctimas. Cumplió doce años y, al salir, decidió instalarse junto a su mujer en A Coruña.
Tanto el primer día del juicio como el último Mayo dijo que le daba "asco su pasado". Los argumentos del violador fueron los mismos que hace dos años, cuando prestó declaración tras ser detenido. Mantuvo que la policía lo detuvo por sus antecedentes y acusó a los agentes de haber falseado las pruebas que existen contra él.
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