El Plan General de Ordenación Municipal (PGOM) de A Coruña que se aprobará en el pleno del próximo martes legaliza el edificio Conde de Fenosa de la calle Fernando Macías, con lo que se evita cumplir la sentencia de demolición del Tribunal Supremo a causa de que la licencia que otorgó en su día el Ayuntamiento era "ilegal".

Esta sentencia también ordenaba al Concello que publicase esta resolución judicial en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), pero cuatro meses después de emitirse la sentencia aún no lo ha cumplido. También debía inscribir en el registro de la propiedad de los pisos, como anotación, la existencia de dicha orden de derribo.

El Gobierno local ha tenido que modificar tanto la ordenanza urbanística como la normativa que figuraban en el PGOM que envió a la Xunta el pasado mes de marzo para su informe previo después de conocer en agosto la sentencia del Supremo que desveló LA OPINIÓN.

El Concello reconoce de esta forma, tal y como publicó este periódico el pasado 30 de agosto, que el plan general vigente y el revisado que se envió a la Xunta impedían legalizar el inmueble y, por lo tanto, evitar su derribo, por lo que ha tenido que cambiar las características que había fijado para la zona.

El plan general que redactó en un principio el Ayuntamiento, el del mes de marzo, dejaba esta construcción con más de un centenar de pisos y oficinas en situación de fuera de ordenación, lo que impedía su legalización y obligaba sin remedio a ejecutar la sentencia del Tribunal Supremo.

El planeamiento urbanístico que fue acordado en la Junta de Gobierno Local del pasado día 17 y que ahora se aprobará en el pleno del próximo martes, no obstante, ha dejado el edificio en situación de ordenación.

Los cambios efectuados en el PGOM han incluido la modificación de la ordenanza urbanística para el edificio y de la propia normativa que regula qué obras son admisibles para la zona.

Antes el plan sólo permitía obras de reforma interior o acondicionamiento en este inmueble por estar fuera de ordenación, pero el Ayuntamiento autorizó la rehabilitación integral y con cambio de uso de oficinas a viviendas, razón por la que el Tribunal Supremo declaró ilegal la licencia.

El nuevo ordenamiento urbanístico permite la rehabilitación integral con respecto a este inmueble, que es lo que ya se hizo en su día. De hecho señala que son admisibles "obras de sustitución, obras de nueva planta y obras especiales de reconstrucción y recuperación tipológica".

Éste no es el único cambio que se efectúa. El planeamiento redactado por el urbanista Joan Busquets fijó para esta manzana una altura máxima de cinco plantas, pues realiza este cálculo a partir de la anchura de la calle en que se encuentra. Y el edificio conde de Fenosa excede claramente de este número, en la parte central tiene nueve alturas.

Tras la modificación efectuada en este ámbito a través del PGOM se establecen como parámetros edificatorios (número de plantas, ocupación o alturas) los de la "edificación existente", es decir, que ya no tiene que tener cinco plantas sino que se queda tal y como está ahora.

El Concello consigue así dejar el edificio en situación de ordenación, evitar su derribo a consecuencia de su gestión y se ahorra las millonarias indemnizaciones que tendría que abonar a los afectados, en caso de ejecutarse la sentencia, además de los evidentes perjuicios que supondría para los propietarios y residentes del inmueble.