TANIA SUÁREZ | A CORUÑA
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia impuso un año menos de cárcel a uno de los presos condenados por asesinar a otro recluso en Teixeiro y decretó seis meses menos de prisión para el otro implicado en el crimen. El alto tribunal estimó parte del recurso de apelación contra la sentencia que dictó la Audiencia Provincial porque consideró que la agravante de abuso de superioridad es incompatible cuando se aplica la de alevosía. Los jueces de la Audiencia, sin embargo, tuvieron en cuenta ambas agravantes a la hora de dictar el fallo por el que condenaron a I.L.M. a 19 años de prisión y a D.C.M. a 17 años y medio. El Tribunal Superior corrigió la sentencia del alto órgano provincial e impuso 18 años y medio de cárcel al primero, y 16 años y medio al segundo.
Los magistrados sólo admitieron en parte el recurso presentado por la abogada de uno de los condenados, ya que el tribunal consideró probado que los presos asesinaron con alevosía a la víctima, que llevaba cuatro días interna en Teixeiro. Los procesados aprovecharon el horario de almuerzo de los funcionarios de la prisión para atacar al fallecido en la sala de actividades del módulo de aislamiento con una raqueta de ping-pong y un pincho de fabricación casera. "El golpe más bajo que tenía era en el hombro. Todos fueron dirigidos a zonas vitales como la cabeza y el cuello, por lo que la agresión estaba determinada por un ánimo de darle muerte", destaca la sentencia. Los procesados asfixiaron a la víctima, que falleció en poco más de dos minutos, en el mes de mayo de 2006. Uno de los condenados, I.L.M., cumplía condena por asesinar a otro recluso en noviembre de 2006 en la prisión pontevedresa de A Lama.
La Administración General del Estado también recurrió la sentencia dictada por la Audiencia, según la cual deberá indemnizar a la madre y a la hermana del fallecido. El abogado del Estado sostiene que el crimen no pudo haberse evitado por los funcionarios, algo que rechazó el Tribunal Superior, que desestimó el recurso y condenó al Gobierno a pagar 87.000 euros a la familia de la víctima. "Se infringió una norma de seguridad relevante desde el instante en que la administración penitenciaria, conocedora de la peligrosidad extrema de uno de los acusados hace caso omiso de las prevenciones y pone en riesgo la vida de un interno", recalca el fallo.