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El BOP publica la condena al pago de la deuda de una vecina con su comunidad

La mujer, que no reside en el piso, debe 2.445 euros en cuotas no abonadas

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REDACCIÓN | A CORUÑA El Juzgado de Primera Instancia número 6 de A Coruña condenó a la dueña de una vivienda del barrio de Os Rosales a abonar los 2.445 euros que adeuda a la comunidad de propietarios de su edificio. La sentencia aparece publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de ayer al haber sido imposible notificársela a la afectada, ya que no reside habitualmente en el inmueble cuyos vecinos la denunciaron, quienes además desconocen su domicilio.

Las deudas de los propietarios de viviendas con las comunidades son motivo frecuente de denuncias judiciales, que en la actualidad se tramitan mediante el sistema de los juicios rápidos con el fin de resolver de forma ágil estos problemas.

Una vez que los jueces admiten la procedencia de la reclamación de la cantidad adeudada y el afectado recoge la notificación de la demanda, se le exige que abone las cuotas impagadas en el plazo máximo de veinte días.

En los casos en los que el demandado se niega a recibir el escrito del juzgado, los demandantes deben solicitar que se proceda a la ejecución de la sentencia, procedimiento que alarga los plazos para que los propietarios consigan que el deudor haga frente a sus obligaciones.

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