Una sentencia rechaza el recurso contra el proyecto de Marina Coruña

El Real Club Náutico estimaba ilegal el uso dado al relleno en la zona del dique de abrigo y la ausencia de un concurso de ideas

 
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REDACCIÓN A CORUÑA El pleno municipal que se celebrará el próximo lunes tomará conocimiento de la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que desestima el recurso interpuesto por el Real Club Náutico de A Coruña contra la aprobación en noviembre de 2006 del estudio de detalle del área náutico-deportiva de San Antón, presentado por la Autoridad Portuaria.

Esa iniciativa hizo posible la instalación entre el dique de abrigo y el muelle de As Ánimas del complejo Marina Coruña, que el Náutico consideraba irregular al haberse efectuado un relleno de la ensenada al que se dio un uso diferente al de las actividades náutico-deportivas y sus complementarias. El club estimaba además que en la tramitación de este proyecto tendría que haber sido convocado previamente un concurso de ideas, por lo que solicitaba la anulación del estudio de detalle.

En su fallo, el tribunal argumenta que no puede tenerse en cuenta sólo la normativa municipal coruñesa para determinar los usos posibles en el relleno realizado en la zona del dique, sino también la legislación estatal, que permite una variedad más amplia.

Usos autorizables

La sentencia advierte de que el estudio de detalle no puede además definir los usos autorizables en ese área y que el proyecto presentado por Marina Coruña se ajusta a los establecidos por el Plan Especial de Ordenación de la Zona de Servicio del Puerto de A Coruña, por lo que afirma que debe desestimarse esta cuestión como motivo de nulidad.

Igual suerte corrió el recurso sobre el concurso de ideas, que para el tribunal pudo haberse convocado durante el proceso para seleccionar al concesionario de la nueva zona deportiva creada en San Antón, a cuya adjudicación optó el Náutico pero que finalmente fue ganado por Marina Coruña.

Además de este asunto, la Corporación municipal aprobará el personamiento del Concello en el recurso planteado por la hija del teniente coronel Teijeiro ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia contra la decisión del Gobierno local de retirar su nombre a una calle de la Ciudad Jardín. La iniciativa fue adoptada en cumplimiento de la ley de Memoria Histórica tras el dictamen elaborado por una comisión de expertos seleccionada por el alcalde.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de A Coruña ya falló el pasado mes de junio en contra de María del Rosario Teijeiro al desestimar su recurso contra el mismo acuerdo del Ayuntamiento. La sentencia afirmaba que la hija del teniente coronel "en ningún momento acredita que haya habido una afrenta ni mucho menos degradación" por la retirada del nombre a la calle, ya que ella aseguraba que se había producido "una vulneración del derecho al honor" de su padre.

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