La Xunta obliga al Ayuntamiento de A Coruña a adaptar la urbanización de 3.200 viviendas que prevé en la zona de O Portiño a las directrices de protección ambiental y del paisaje que figuran en el Plan de Ordenación do Litoral (POL) aprobado de forma provisional el pasado 30 de diciembre.

La urbanización de O Portiño, a escasos metros del mar y con espectaculares vistas sobre las islas de San Pedro, ha sido incluida por el POL en el grado de compatibilidad denominado G2, que permite su ejecución pero sólo si se siguen una serie de criterios. El resto de urbanizaciones proyectadas en el Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM) son consideradas "compatibles" con el plan del litoral.

El POL aprobado provisionalmente ahora, a diferencia del aprobado inicialmente, da luz verde a las dos urbanizaciones previstas en medio millón de metros cuadrados de San Pedro de Visma, cuyos terrenos pertenecen a conocidos promotores. En el documento inicial gran parte del sector tenía protección de corredor por la presencia de ríos, lo que impedía la construcción, pero el nuevo POL califica la zona como de mejora ambiental lo que sí permite edificar.

El plan parcial de O Portiño fue aprobado inicialmente en 2008 pero no definitivamente y por eso tiene que adaptarse al POL. La Xunta para esta zona costera impone nueve condiciones de construcción del máximo de diez que ha prefijado. Estas condiciones son obligatorias para el Ayuntamiento, a no ser que consiga aprobar de forma provisional su PXOM (sólo tiene la aprobación inicial) antes de que el POL tenga la aprobación definitiva o si antes aprueba el plan parcial de O Portiño definitivamente.

Esta nueva norma sólo afecta a esta urbanización porque prácticamente todo el sector, la mayor macrourbanización prevista en la ciudad en los últimos años, está dentro del área clasificada como de mejora ambiental y paisajística.

Concretamente el 96,34% del suelo de O Portiño, que suma más de medio millón de metros cuadrados, tiene esta clasificación que permite construir pero que implica condiciones con el fin de "conservar y en su caso, recuperar su calidad ambiental y paisajística preservándola de inadecuados procesos de ocupación edificatoria".

Otro pequeño porcentaje de la superficie de la futura urbanización, un 3,66% (21.215 metros cuadrados), está clasificado por el POL como zona de protección costera, lo que prohíbe cualquier tipo de construcción salvo explotaciones acuícolas o depuradoras de aguas residuales. Pero además la Xunta ha incluido en la categoría de espacio de interés paisajístico las islas y el monte de San Pedro y la delimitación del área de protección afecta a aproximadamente cinco hectáreas de O Portiño. En esta delimitación el POL obliga a "mantener un paisaje de calidad ambiental, funcional y visual" y antes de cualquier desarrollo se exige un estudio de integración paisajística.

El Plan do Litoral, debido a estas protecciones por el alto valor paisajístico y ecológico del entorno de O Portiño, exige que la futura urbanización se ejecute con "contención en la ocupación del suelo" y de forma que se adapte al relieve del suelo y se "adecue lo construido al natural". Otra de las premisas que marca esta norma para O Portiño es que se potencie el paisaje litoral y se realice un tratamiento adecuado de la fachada marítima para impedir los efectos pantalla.

La "adecuación de los espacios libres", el fomento de la "conectividad y permeabilidad" y la "naturalización del tratamiento de la urbanización" o la consecución de "nodos urbanos", criterios más ambiguos, son otros de los que debe cumplir esta urbanización. El plan del litoral exige "especial cuidado en la integración" en el sector residencial de O Portiño de una serie de elementos de interés patrimonial y paisajístico que existen en la zona, como los acantilados y las vistas hacia las islas de San Pedro.

Un total de 49 urbanizaciones previstas en el plan general coruñés en suelo urbanizable o urbano no consolidado están en la categoría G1 del POL, es decir, que son "plenamente compatibles" con esta nueva normativa. Existen además en el plan general coruñés tres sectores (el de A Zapateira, el de Palavea y el de As Rañas) que están incluidos en el grado G4 de compatibilidad del Plan do Litoral, lo que implica que cuando se desarrollen será cuando la Xunta verifique si cumplen los criterios generales o si tienen también que adaptarse.

El POL no se aplica al suelo urbano consolidado o al de núcleo rural. Sí afecta al suelo rústico y al no urbanizable y al urbanizable no delimitado.