La recalificación de terrenos en el Agra de San Amaro a determinados propietarios mientras otros eran expropiados; la elevadísima edificabilidad que se les reconoció y la renuncia municipal a su 10% de aprovechamiento para compensarles por no poder darles más edificabilidad; la indemnización que reclaman ahora por los daños y perjuicios y las pérdidas de no poder construir seis edificios y un área comercial en la zona; y también otra indemnización por la ocupación de sus terrenos que les reconoció de oficio el Concello. Todas estas perjudiciales consecuencias urbanística y y económica tienen como único origen los convenios que firmó con estos propietarios el entonces concejal de Urbanismo, Salvador Fernández Moreda el 14 de abril de 1993.

El exconcejal, expresidente de la Diputación y miembro de la dirección de Novagalicia Banco, firmó en el 93 convenios con los propietarios del ámbito de San Amaro en los que a cambio de que éstos cediesen terrenos para que el Concello ejecutase el paseo marítimo, en el futuro Plan General de Ordenación Municipal (PGOM) se les recalificarían dichos terrenos de no urbanizable a urbano y se les otorgaría una edificabilidad de 1,5 metros cuadrados por metro cuadrado.

El PGOM se aprobó en 1998 y efectivamente les recalificó los terrenos pero no se les pudo dar los 1,5 metros cuadrados de edificabilidad porque era tanta que no cogía dentro del sector de San Amaro y lo máximo que cabía era 0,8 así que le dan esta edificabilidad.

Los propietarios reclamaron y el propio Ejecutivo local, de oficio, consideró que como era imposible darles el aprovechamiento de 1,5 acordado con Moreda en el 93, había que compensarles y así lo acordó el pleno del 15 de abril de 2002. Al año siguiente, el 22 de octubre de 2003, el entonces alcalde Francisco Vázquez abrió expediente de valoración económica del importe que habría que pagar a los propietarios por la imposibilidad de materializar el aprovechamiento que se les reconoció.

La valoración realizada fue de 11.292.513,11 euros, sólo por la ocupación de los terrenos de los propietarios y sólo por uno de los dos polígonos de San Amaro. Esto significa que si finalmente el nuevo plan general elimina la urbanización para cumplir con las directrices de protección de la Torre de la Unesco, independientemente de si los propietarios tienen o no derecho a responsabilidad patrimonial (que ellos estiman en sesenta millones), como mínimo tendrían que abonar esos 11,2 millones en que se valoró en 2003 los terrenos ocupados por el paseo, a consecuencia del convenio firmado por Moreda.

Una de las promotoras propietarias de terrenos en este sector, Conviga, fue la única que tuvo la audacia de reclamar judicialmente la diferencia del aprovechamiento que les dio el PXOM en 1998 y el que se les reconoció por el convenio de Moreda (de 0,80 a 1,5). El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia les dio la razón en una sentencia de 2005 que hoy en día está en ejecución tras realizar la empresa una valoración del importe que le tiene que abonar el Concello.

Para compensar parcialmente los 11,2 millones de euros reconocidos a los promotores del Agra, la Junta de Gobierno Local en enero de 2008, al aprobar definitivamente el proyecto de compensación del primer polígono del Agra, acordó eximir a los propietarios de la cesión al Concello del 10% de la edificabilidad que le correspondía en el sector, y que valoró en 3.382.263,63 euros, es decir, a 909,92 euros el metro cuadrado edificable.

Una vez que la construcción del Agra de San Amaro está descartada, lo que ahora realmente se discute es la indemnización económica que reclaman los promotores, tanto por el convenio de Moreda como por no poder materializar el aprovechamiento que les reconoce el PGOM de 1998. Y tanto el Concello como la Xunta tratan de eludir su responsabilidad.

El Concello, en la Junta de Gobierno de enero de 2008 acordó compensar el 10% del aprovechamiento lucrativo de cesión obligatoria por la responsabilidad patrimonial derivada del incumplimiento del convenio con Moreda. Un informe de la arquitecta municipal emitido el 10 de marzo de 2008 valoró el 10% del aprovechamiento que le tocaba al Concello en el sector en 3,3 millones de euros, es decir, que el Concello valoraba a 909, 92 euros el metro cuadrado edificable en esa zona.

Si se multiplica ese valor por la superficie total del ámbito, algo más de 37.000 metros cuadrados (y deducidos los gastos de urbanización) resulta que, según la propia valoración del Concello en ese año 2008, toda la urbanización del Agra de San Amaro valía 30,82 millones de euros (la mitad de los sesenta millones que estimaron los promotores).

Si estos casi 31 millones en que el propio Concello valoró la urbanización del Agra, se suman a los 11,2 millones en los que también el Ayuntamiento calculó que debía pagar a los afectados por ocupar sus terrenos, resulta una cifra de 42 millones, que sería el total al que tendrían derecho los propietarios en concepto de indemnización. Esto sería lo que cuesta aquel convenio del 93. Esos 11,2 millones tendría que abonarlos el Ayuntamiento, porque él mismo lo reconoció en 2003, por lo que la duda sería quién paga, Xunta o Concello, los restantes 31 millones.

La inmobiliaria Fadesa intentó, al menos en dos ocasiones en 2007, abonar a la familia del exconcejal Carlos González Garcés el último pago de los 1,4 millones de euros acordados por la compra en 2000 de su finca familiar en el Agra de San Amaro, una vez que el PGOM del 98 la recalificó, la dotó de edificabilidad y la revalorizó. Pero la familia rechazó las dos veces cobrar los 616.977,39 euros del último plazo por la expectativa de la edificabilidad que podría otorgarle el Ayuntamiento al segundo de los polígonos de San Amaro en los que tenían materializado el aprovechamiento por su finca.

Los Garcés acordaron con Fadesa el pago de 1,4 millones en tres pagos y el último sería de importe variable, más o menos dinero según el aprovechamiento urbanístico que le otorgase el Ayuntamiento, del que el exedil formaba parte. Pero el Concello a día de hoy aún no aprobó este segundo polígono. Fadesa intentó pagar el último plazo adeudado para eliminar la carga de la finca pues en el contrato de compraventa se incluyó una condición resolutoria: si la inmobiliaria no abonaba todo el pago dicho contrato se resolvía y la finca volvía a ser de los González-Garcés. En el Registro de la Propiedad figura sobre esta parcela: "Está gravada con condición resolutoria expresa a favor de Don Carlos González Garcés Santiso y otros".

La promotora acudió al notario para que realizase un requerimiento a la familia Garcés en el que reconocía que ya les había pagado 865.364,87 euros y faltaba un último pago de 616.977,39 euros. La inmobiliaria intentó pagarles esta cantidad con cheques bancarios pero la familia no los cobró. El 26 de diciembre de ese año volvió a intentar pagar ofreciendo un aval bancario y requiriendo a la familia para que recibiesen dicho aval, prestasen su consentimiento y cancelasen la condición resolutoria. Tampoco aceptaron.