El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) declara legal la licencia municipal para construir la torre Urbis en el polígono residencial de Someso. Esta sentencia del alto tribunal anula una anterior, del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1, que invalidaba el permiso del Concello por autorizar instalar garajes privados en subsuelo público. El último fallo, que da la razón al Ayuntamiento, se ampara en la modificación de la legislación gallega del suelo, que permite esta operación urbanística, aunque la supedita al desarrollo de un reglamento que, según fuentes judiciales, no llegó a redactarse.

Y es que el Concello concedió una primera licencia de obra y, después, una segunda de modificación, en 2008, en la que se escudaron los abogados municipales en su recurso a la primera decisión de los tribunales. El juez reconoce que cuando se otorgó la primera licencia sí que regía una ley autonómica que calificaba de excepcional el uso de terrenos de titularidad pública para uso privado y que, incluso, lo recogía el plan parcial del polígono de Someso, pero el cambio en la norma permitió que se pudiera permitir este procedimiento.

Los servicios jurídicos del Concello ya alertaban de que en el texto original de la Ley de Ordenación Urbanística y Protección del Medio Rural de Galicia (Louga) solo era posible la utilización de dominio público para garantizar la reserva mínima de aparcamiento sin necesidad de un concurso previo en el caso de que se demostrara la "imposibilidad" de que se llevara a cabo en terrenos de titularidad privada. Pero, cuatro años después de concederse la licencia, el párrafo de la norma se modificó y la Xunta delegó en un reglamento "establecer los supuestos y condiciones en que se permita la utilización del subsuelo de los espacios públicos para aparcamientos privados". Sin haberse desarrollado tal norma, los letrados del Concello calificaron la primera sentencia, contraria a los intereses municipales, de "confusa" y "ambigua". Ahora, el juez del TSXG da la razón a los argumentos de los funcionarios. Eso sí, la sentencia del alto tribunal gallego aún permite que el demandante presente recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Con la primera sentencia, en verano de 2010, los vecinos que ya residían en el edificio de Someso temían que la confirmación de la nulidad de la licencia obligara al derribo del inmueble y exigían información a la promotora y al Concello para que garantizasen sus propiedades. Con el último fallo, la construcción de la torre Urbis cuenta con el visto bueno de los tribunales, aunque todavía quede una vía de recurso judicial que aún podría perjudicar sus intereses.