El Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales, dependiente del Ministerio de Hacienda, ha anulado el concurso para la gestión de los diez parques comarcales de bomberos de A Coruña, licitado el pasado mes de diciembre. El organismo ha admitido el recurso de la empresa Celta Prix y ha impugnado los pliegos al entender que las condiciones que establece el Consorcio Provincial Contraincendios no se corresponden con las de un contrato de gestión de un servicio público en régimen de concesión, sino con las de un contrato de servicios.

El tribunal dictó el pasado 27 de febrero una resolución en la que anula el anuncio y los pliegos de este concurso que ronda los 134 millones para gestionar los parques de Arteixo, Betanzos, Carballo, Costa da Morte, Barbanza, Eume, Ordes y Xallas porque "no se ajustan en absoluto a las exigencias derivadas de su verdadera naturaleza jurídica".

El organismo advierte que la duración del contrato -de ocho años prorrogable en otros tantos- es a "todas luces excesiva para un simple contrato de servicios, por lo que debe ser reducida sustancialmente". Este organismo dependiente de Hacienda advierte además que "son numerosos los extremos de los pliegos que, siendo lógicos en un contrato de concesión de servicio público, carecen de sentido en un contrato de servicios".

La línea que separa ambas figuras contractuales es difusa y conduce a error, como admite el propio Tribunal de Contratos en su resolución. A grandes trazos, la asunción del riesgo empresarial marca la diferencia. Las aspirantes a una concesión arriesgan más dado "que asumen como propio el riesgo y ventura de la explotación". En un contrato de servicios, en cambio, "el contratista recibe una retribución anual alzada que es independiente de la mayor o menor actividad real" que "cubre los gastos de funcionamiento. El organismo encargado de velar por la legalidad de los contratos públicos tiene claro que el pliego de los parques de bomberos se engloba en este segundo tipo, dado que la adjudicataria no asume un riesgo.

El tribunal ha estimado también el recurso en lo referente a la brevedad del plazo de presentación de ofertas y concluye que "la licitación no ha sido anunciada en la forma exigida por la ley". El organismo anula el concurso sin entrar ya a debatir otras de las alegaciones de la empresa recurrente, que censuró la inclusión en el pliego de factores que "abren un espacio de discrecionalidad" y de umbrales de solvencia "desproporcionadamente altos" que "dificultan más allá de lo razonable la libre concurrencia".

Solo dos empresas aspiraban a este concurso. Veicar (actual concesionaria de 7) y una UTE formada por Natutecnia (que lleva 3 de A Coruña y los de Lugo) y Matinsa, perteneciente al conglomerado de Esther Koplowitz que gestiona las instalaciones de Pontevedra.

El Consorcio, que defendió que el pliego era muy similar al anterior, deberá decidir ahora entre recurrir por la vía contenciosa la resolución, rehacer el pliego para sacarlo a concurso como una concesión o mantener las cláusulas y licitar la gestión de los parques bajo la fórmula de contrato de servicios. La resolución llega unos días después de que los bomberos de los parques comarcales de Galicia retomasen la huelga para exigir un convenio marco.