El conflicto entre la Fundación Deporte Galego, dependiente de la Xunta, y la concesionaria de los pabellones autonómicos coruñeses (Elviña, Agra y A Sardiñeira) vive su primera sentencia judicial. Es favorable la empresa, que tiene derecho, según el juez, a recibir medio millón de euros por el uso gratuito de las instalaciones por parte de colegios y clubes de la Federación Gallega de Fútbol. La fundación autonómica ha comunicado a la empresa que hasta que la sentencia sea firme no pagará. En virtud de la sentencia, la concesionaria informa de que no puede permitir el acceso a los complejos deportivos de las entidades por las que no se abonan tarifas hasta que presenten los convenios firmados con la Xunta para ello y hasta que le empiecen a pagar las tasas como el resto de usuarios.

Esta decisión podría afectar ya a los clubes de fútbol que tienen programados partidos en el día de hoy en las instalaciones, según fuentes próximas a la firma, Gaia Gestión Deportiva, que ayer emitió una nota de prensa para aclarar la situación a sus usuarios. "Para que las entidades beneficiarias puedan continuar accediendo gratuitamente a las instalaciones será necesario, tal y como se indica en el contrato, que aporten previamente copia del acuerdo que les habilite para dicho acceso", informan. Una vez aportado el convenio será "requisito necesario" que por parte de la fundación se proceda a abonar "las tarifas correspondientes a tales usos".

La sentencia, del pasado 20 de abril, es clara. El concurso que ganó Gaia para gestionar los polideportivos en 2006 -por 15 años más cinco de prórroga- "no ofrece dudas" para el juez: "La UTE tiene obligación de consentir el uso de los complejos que gestiona por las entidades que tienen convenio con la Fundación Deporte Galego, pero no se dice que su uso haya de ser gratuito".

El juez replica a la entidad autonómica que la compensación no es solo por los "daños materiales" de las instalaciones por el disfrute de clubes y escolares, sino que "mientras los autorizados por la fundación usan las instalaciones del complejo, la adjudicataria no puede destinarlas al uso de abonados y no abonados y esto supone, evidentemente, un perjuicio económico".

Gaia asegura que la fundación no le entregó nunca los convenios con los centros educativos -Agra, Urbano Lugrís y Santiago Apóstol- ni con la federación, alegando que "no tenía la obligación de exhibirlos". Informa de que solicitó "durante años el abono" de las tarifas correspondientes por parte de la concesionaria y la fundación "se comprometió" a hacerlo previa factura de una auditoría, que fijó la cifra en 75.000 euros anuales. Un informe, fundamenta la sentencia, que realizó una auditora en contacto con "ambas partes" y del que "ahora quiere apartarse la demandada al no resultar beneficiosa para sus intereses". Los 489.881,78 euros que ordena pagar corresponden a las tarifas hasta el 31 de diciembre de 2013, por lo que Gaia reclamará también las cuotas de 2014 y, posteriormente, 2015.

La empresa entiende que queda acreditado que no hay convenios firmados ni con la federación ni con la Consellería de Educación, lo que "impide conocer qué tipo de criterios" sigue la Xunta para determinar las entidades que tienen derecho a un uso gratuito mientras que otras abonan las tarifas. La Fundación Deporte Galego, dependiente de la Secretaría Xeral para o Deporte, recurrirá el fallo. Argumenta, por el momento sin éxito, que Gaia no recurrió hasta 2010, que no incluyó en sus previsiones de ingresos los "usos gratuitos" y que, además, no hay documentos que sostengan esa cantidad anual entre 2006 y 2009.