El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) emitió ayer una sentencia en la que decreta que el Ayuntamiento tiene "la obligación" de desalojar a los chabolistas de A Pasaxe durante el tiempo que duren los trabajos de demolición de la antigua nave de La Toja. El alto órgano jurisdiccional gallego estimó, de esta forma, el recurso de apelación interpuesto por la propietaria de los terrenos, la inmobiliaria Altramud, frente a la resolución dictada por un juzgado de primera instancia que la responsabilizaba del desmantelamiento del asentamiento. La empresa, dirigida por el empresario coruñés Juan Carlos Rodríguez Cebrián, exigía al Concello que se hiciese cargo de los vecinos de la zona.

La Administración municipal, en junio de 2013, concedió a la compañía la licencia de derribo de la vieja fábrica, que tiene un expediente de ruina abierto desde 1999. El Ayuntamiento, sin embargo, le advirtió de que el desalojo del poblado formaba parte de sus competencias. Así, instó a la inmobiliaria a solicitar una orden judicial para liberar los terrenos de forma forzosa. La empresa no llegó a iniciar el trámite y optó por la vía judicial para resolver el conflicto. Los argumentos de Altramud concuerdan con los del colectivo Arquitectos sin Fronteras, que desde el inicio de la disputa demandó que Servicios Sociales se involucrase en el problema y buscase alternativas para realojar a los residentes en el asentamiento de A Pasaxe. El colectivo, que trabaja desde hace años con los chabolistas, considera que, aunque los terrenos son privados, el asunto es de carácter "social".

El Tribunal Superior de Xustiza resolvió ayer a favor de la empresa. El Concello, por tanto, deberá involucrarse en el desmantelamiento del poblado. Al menos, mientras duren los trabajos de demolición de la nave de La Toja. "Procede declarar la obligación del Ayuntamiento de proceder al desalojo temporal de los ocupantes", subrayan los magistrados en el fallo, contra el que no cabe recurso ordinario. El alto tribunal gallego, además, arguye que las obras para derribar la antigua fábrica suponen "un riesgo para las personas", por lo que recalca que debe "impedirse" que permanezcan en la zona mientras se lleven a cabo. "Esta prohibición ha de responder a esa exclusiva finalidad. Y, por tanto, tiene que limitarse al tiempo de duración de las obras de demolición, y en nada puede afectar a la situación posesoria de los ocupantes de las construcciones, a debatir en otro proceso, dado que dicha prohibición tiene como finalidad proteger la seguridad de esas personas", matiza el TSXG.

En septiembre del año pasado, el Superior emitió una sentencia en la que rechazaba la suspensión de la demolición de la estructura, tal y como reclamaban algunos chabolistas. Así, contradijo el auto emitido por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 que paralizaba el derribo de la nave al considerar que prevalecían los "derechos posesorios" de los vecinos del asentamiento. El alto órgano jurisdiccional autorizó las obras tras defender que la nave tiene "riesgo de desplome" con "peligro para todos", así como que el "interés general" está por encima de los "derechos posesorios" de los habitantes del poblado.