El Ayuntamiento rechaza compensar con 87.125 euros al antiguo concesionario del despacho de lotería de la estación de autobuses, que abandonó el local en abril de 2014 para trasladarlo a otro punto de la ciudad. El empresario reclama esa cantidad en concepto de daños y perjuicios ocasionados por ese traslado, que considera forzado ante la falta de respuesta de la administración municipal a su solicitud de traspaso del negocio a su hijo, ya que la Sociedad Estatal de Apuestas y Loterías del Estado le exigía ese trámite para poder llevar a cabo la cesión del despacho a si descendiente.

Tras la presentación de esta reclamación, el Concello la sometió al dictamen del Consello Consultivo de Galicia, que se declaró no competente sobre la misma al estimar que debe resolverse de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aunque niega que la petición haya prescrito como afirma la administración municipal.

El empresario explotaba este despacho y el quiosco de prensa de la estación de autobuses desde 1986 y en 2013 pidió al Ayuntamiento la cesión del primer establecimiento a su hijo, ya que Loterías del Estado le reclamaba que en el plazo de 10 días confirmase que la concesión del local había sido transferida a su familiar. El Concello entendió que la solicitud estaba incompleta porque no aportó el 30% del importe del traspaso que exige la normativa, pero eludió contestarle, por lo que el afectado entendió que estaba desestimada por silencio administrativo.

Su decisión fue buscar otro local en la ciudad para continuar la venta de lotería y ceder la actividad a su hijo antes de su jubilación, pero no se lo comunicó al Ayuntamiento, que supo un año más tarde que tanto el despacho de lotería como el quiosco de prensa estaban abandonados. Cuando tuvo conocimiento de este hecho, inició un procedimiento de retirada de la concesión de ambos establecimientos que sometió al Consello Consultivo de Galicia, que consideró ajustada esta decisión al estimar que el concesionario incumplió sus obligaciones contractuales.