Todos los usuarios no domésticos (empresas, naves industriales, centros comerciales, hospitales, colegios?) de la red municipal de saneamiento que vierten cada año más de 2.000 metros cúbicos de aguas residuales tienen la obligación desde mediados de 2013 de solicitar al Ayuntamiento un permiso de vertido a la red. También deben hacerlo los centros o instalaciones que con un volumen de vertido inferior cuyas actividades generen vaciados contaminantes y aquellos que utilicen el agua en sus procesos productivos. Incluso están obligados los usuarios que utilicen aguas cuya procedencia no es de la red de abastecimiento municipal. Esta es una de las novedades que incorpora la ordenanza de vertidos y del sistema público de saneamiento de A Coruña aprobada hace algo más de dos años. Desde entonces y hasta el 31 de julio de 2014 el Concello recibió 190 solicitudes que ya fueron contestadas -a 105 de ellas se les reclamó documentación complementaria- y solo concedió 40 permisos, según datos que aportan fuentes municipales.

Faltan aún tres meses para completar el primer ciclo completo de petición de autorizaciones para verter aguas residuales por medio de la red de saneamiento o directamente en la estación depuradora de Bens. Mientras tanto continúan evaluándose las solicitudes presentadas y se reclama información adicional a los peticionarios. Después los autorizados -de momento esos 40- aparecerán publicados en la web del Concello para formar parte de un censo de vertidos que será comunicado a Augas de Galicia. Cada año se realizará una revisión de la concesión y en ese periodo habrá controles trimestrales para comprobar que quienes disponen de permiso no sobrepasan los parámetros que regula la ordenanza o para señalar posibles correcciones.

No todas las empresas, naves o centros de la ciudad están obligados a pedir este permiso de vertido a la red de saneamiento, que tiene como objeto comprobar que la evacuación de aguas residuales se ajusta a las normas y límites establecidos y es independiente de la licencia de conexión al alcantarillado que siempre se ha concedido a viviendas e instalaciones; depende del consumo de agua que se haga o de la naturaleza de las aguas vertidas. Pero el Ayuntamiento es conocedor de aquellas empresas que sí deben solicitarlo, por lo que les comunica cada cierto tiempo la necesidad de cumplir la ordenanza e iniciar el proceso de solicitud del permiso. Unas lo han hecho, pocas; otras no. El Concello ha enviado más de 400 cartas de recordatorio a usuarios de la ciudad.

Las 40 licencias otorgadas hasta el momento son escasas si se tiene en cuenta, por ejemplo, que en el polígono de Pocomaco hay unas 340 naves o plantas industriales y en el de A Grela, unas 350 agrupadas en la Asociación de Empresarios. Prácticamente todas las de este polígono precisan una autorización de vertido a la red municipal, cuenta una fuente del colectivo; pero alrededor de un 25% la han pedido a través de la asociación o de manera particular desde mediados de 2013, añade.

El desconocimiento de la ordenanza y los gastos que conlleva el proceso de adaptación de las empresas a la normativa para solicitar el permiso, con la consiguiente explicación de la naturaleza de los vertidos que llevan a cabo, explican que los usuarios de la red dejen para última hora la petición o hagan oídos sordos a los requerimientos municipales con advertencia de sanción, señalan fuentes consultadas por este diario.

La ordenanza establece sanciones de carácter leve, grave y muy grave por el incumplimiento de sus artículos, que van de las suspensiones de permisos de vertido a multas de entre 15.000 euros y 100.000 euros. Este año se iniciarán los expedientes sancionadores que procedan.

De acuerdo con los datos aportados, el Ayuntamiento resuelve si prohíbe totalmente el vertido porque sus características no pueden ser corregidas con el oportuno tratamiento previo, si lo autoriza de forma condicionada o si lo permite sin más limitaciones que las que contienen la propia ordenanza municipal. La licencia puede ser revocada por incumplimiento, por petición expresa del titular, caducidad o cambio de uso de la instalación para la que se pidió la autorización.

La Memoria de Gestión municipal del año 2014 apunta que un solo técnico está dedicado a la tramitación de estos permisos de vertido a la red y señala que "es necesario reforzar esta tarea de notable importancia para asegurar la llegada a la EDAR" de Bens de líquidos procedentes de naves industriales o instalaciones de servicios en estado óptimo "y para una buena gestión de la red de saneamiento".