El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia da un varapalo al proyecto del polígono industrial gestado en 2009 para As Rañas, bautizado entonces como Ciudad de la Tecnología y promovido, entre otros, por los empresarios José Collazo, Ángel Jove y Manuel Soto, fallecido en 2013, ya que anula en una sentencia la calificación dada por el plan general a una parcela imprescindible para construir el vial de acceso a este lugar desde la carretera a los Baños de Arteixo, en las proximidades de la rotonda de Marineda City. El fallo, que puede ser recurrido ante el mismo tribunal en casación, estima el recurso de los propietarios de un terreno que figuraba como suelo urbano consolidado y al que con la nueva normativa urbanística se pasó a considerar como no consolidado e incluido en el polígono de As Rañas, lo que les obligaba a ceder la superficie necesaria para tender la carretera, que ahora no podrá ser ejecutada sin que se modifique el plan general.

Tras la aprobación inicial de esta iniciativa urbanística en 2010, los propietarios de una parcela de 1.335 metros cuadrados situada en la carretera a los Baños de Arteixo y en la que se levanta una nave comercial de 600 metros cuadrados observaron que se había cambiado su calificación, por lo que presentaron alegaciones.

El Ayuntamiento contestó en 2010 que esos terrenos "están incluidos en la malla urbana, disponen de acceso rodado desde vía pública y cuentan con acceso rodado público y con los servicios del suelo urbano". A la vista de este hecho, la administración municipal consideró "adecuado" incluir en el plan general la alegación presentada "clasificando el suelo como urbano consolidado".

Pero el documento definitivo que fue aprobado por la Xunta en febrero de 2013 mantuvo la clasificación de suelo urbano no consolidado, lo que animó a los propietarios a recurrir ante el Tribunal Superior de Xustiza.

En la demanda, el despacho Talín Abogados argumentó que los terrenos figuraban como suelo urbano consolidado en el plan general de 1998 y que una sentencia del Supremo confirmada por otras posteriores rechaza que los terrenos con esta calificación la pierdan "por la sola circunstancia de que el nuevo planeamiento contemple para ellos una determinada transformación urbanística".

Para la representación legal de los afectados, resultó "incomprensible" que el Ayuntamiento no incluyese en el plan general el informe favorable a la alegación presentada por los propietarios para que se mantuviese la calificación del suelo como urbano consolidado, ya que a su juicio el cambio introducido "atenta contra el principio de indemnidad patrimonial" de los dueños de la parcela, de los que destacaron que en su día habían cumplido con los deberes de cesión de suelo o dotaciones de servicios.

Al transformar los terrenos en urbanos no consolidados e incluirlos en el proyecto de As Rañas, los propietarios se verían obligados ahora a ceder de forma obligatoria y gratuita la superficie necesaria para la construcción del vial de acceso al nuevo polígono.

Tras la presentación del recurso contra la aprobación del plan general por la Xunta, la administración autonómica contestó que los propietarios no probaron haber costeado en su día los servicios urbanísticos de la zona, mientras que el Ayuntamiento aseguró que la parcela no formaba parte de la malla urbana, así como que la nueva normativa urbanística prevé para ese lugar la construcción de una vía paralela a la autopista A Coruña-Carballo para conectar la rotonda de Meicende con la tercera ronda.

Según el Concello, ese proyecto y la regularización que consideraba necesaria en el parcelario "produce la desconsolidación del suelo" así como la necesidad de distribuir entre los propietarios la cesión de espacios libres, las cargas urbanísticas y la adaptación a la nueva ordenación. Pero el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia considera que la rebaja en la calificación de los terrenos "por la sola alteración del planeamiento es contraria a Derecho" y asegura que la Administración "no dice qué beneficio imputable a la ejecución de la actuación de transformación urbanística recibirá el propietario de la parcela", ya que solo se menciona la intención de construir el nuevo vial, por lo que considera procedente anular el cambio de calificación del suelo incluida en el plan general, en el que debe figurar como urbano consolidado.

El conflicto urbanístico surgido por esta iniciativa en As Rañas es similar al ocurrido en el polígono de Xaz, en la parroquia oleirense de Dorneda, donde también se cambió la calificación de una parcela para convertirla en suelo urbano no consolidado para permitir la construcción del acceso a la zona. La demanda del propietario, también representado por Talín Abogados, derivó en la modificación del plan general de Oleiros y en un retraso del proyecto de varios años, ya que aún se encuentra en fase de tramitación.

El caso de As Rañas puede sufrir un proceso semejante, ya que si se confirma la sentencia emitida ahora por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, deberá modificarse el plan general para que la parcela recupere su calificación de suelo urbano consolidado. Además, será necesario que en el proyecto de la Ciudad de la Tecnología se diseñe un nuevo trazado del vial de acceso que no afecte a los terrenos que motivaron el recurso, lo que implicará una serie de trámites que demorarán durante bastante tiempo.

A este problema hay que sumar el que viven otros polígonos industriales del área coruñesa desde el inicio de la crisis económica, ya que los que se encontraban en marcha como Vío y Morás permanecen vacíos y sin esperanzas cercanas de ocupación a pesar de los esfuerzos realizados para que los empresarios se animen a comprar parcelas. Una vez que los efectos de la recesión se hicieron notar en A Coruña, el proyecto de la Ciudad de la Tecnología cayó en el olvido y sus promotores no han vuelto a expresar su intención de ponerlo en marcha.