El proyecto presentado por el Ayuntamiento para intentar legalizar el edificio Conde de Fenosa mediante la demolición de algunos de sus elementos no satisface al autor de la demanda que derivó en la sentencia que anuló la licencia de construcción. Valentín Souto califica de "faena de aliño" la iniciativa presentada por el Gobierno local, que en su opinión tiene por objetivo "justificar que con eso lo tienen arreglado" y asegura que la única opción posible es devolver el inmueble al estado que tenía cuando era la sede de Fenosa.

Souto ha presentado ya un quinto recurso de casación ante el Supremo contra la admisión por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia del incidente de inejecución de la sentencia. En ese documento, estima que se está "tergiversando el orden legal porque no cabe ya ninguna legalización" y explica que se está confundiendo la ejecución de una sentencia con el procedimiento seguido ante las obras construidas sin licencia o alterando las condiciones establecidas en la licencia.

En este segundo caso se permite que el infractor justifique que las obras se ajustan al planeamiento por si son legalizables, pero Souto alerta de que esa posibilidad "no cabe en la ejecución de una sentencia que anula una licencia porque en ese caso no hay duda de la ilegalidad".

Souto recuerda que la sentencia ordena la demolición del inmueble y que jurídicamente supone reponerlo al estado anterior a las obras, de forma que si se tratara de una nueva construcción habría que dejar el solar, mientras que si como en este caso se hubiera reformado un edificio existente, habría que recuperar sus anteriores características.

Frente a este planteamiento, el proyecto elaborado por el arquitecto Carlos Trabazo por encargo del anterior Gobierno local defiende únicamente la demolición de los torreones del inmueble, algunas cornisas y aleros, así como la transformación en galerías de ventanales con vuelos sobre la fachada.

Pese a que todavía no conoce al detalle por no haberlo recibido, Souto considera que los responsables municipales "siguen haciendo lo mismo de siempre, mezclando planes generales y cogiendo la parte que más les interesa de cada uno". Para el demandante, no se puede utilizar la existencia de un nuevo plan general para legalizar el edificio, ya que cuando la normativa urbanística cita que reconoce la altura y volumen de los edificios existentes "solo puede entender que es de los que son legales".

Souto estima que el Conde de Fenosa "es imposible que cumpla" el plan general vigente, ya que la anchura de la calle supera en unos cuantos centímetros los 20 metros, por lo que la altura máxima permitida para los edificios es de bajo y seis plantas, mientras que este inmueble cuenta con planta y además con una mayor altura de lo habitual en viviendas porque la antigua construcción albergaba oficinas.

Uno de los aspectos destacados por el demandante es que el Ayuntamiento no puede pretender adaptar el edificio a las disposiciones del plan general de 2013 "porque esa es una discusión pasada". Souto recuerda que al cabo de dos meses de la notificación del fallo del Tribunal Supremo de 2006 que obliga a demoler el edificio concluyó el plazo para presentar un incidente de inejecución por causa de imposibilidad legal, por lo que considera que desde entonces "la sentencia está suspendida ilegalmente".

Valentín Souto pone de relieve además que ya en 2006 el Ayuntamiento planteó un incidente de inejecución -finalmente rechazado por el Supremo- alegando que se le había concedido una nueva licencia municipal al Conde de Fenosa, y pese a que habían transcurrido siete meses desde la notificación de la sentencia, el tribunal la admitió "porque dijo que era un asunto importante y que había que interpretar de forma flexible los plazos", cuando en su opinión "en realidad actuó como si no existieran".

El demandante acusa al Ayuntamiento de "malinterpretar maliciosamente" la jurisprudencia del Supremo, que dice que hay que computar con flexibilidad los plazos para ejecutar una sentencia por si surgiera una contingencia no previsible y que impidiese la ejecución. En este apartado Souto incluye situaciones como que al demolerse parte del edificio fuera a derrumbarse por completo, pero no la concesión de una nueva licencia.