El Servizo Galego de Saúde (Sergas) fue condenado a abonar una indemnización de 80.000 euros a la madre de una mujer de 44 años que falleció en el complejo hospitalario Universitario de A Coruña en julio de 2011 como consecuencia de un error cometido por el médico que la atendió en Cee. El facultativo fue sentenciado por como autor de una falta de homicidio imprudente a abonar una multa de 180 euros. La víctima, según relata el magistrado del Juzgado de lo Penal número 1 de A Coruña en el fallo, acudió al centro hospitalario sobre las dos y media de la tarde del 5 de julio de 2011 con "un bajo nivel de conciencia" que se relacionó con una posible ingesta combinada de alcohol y medicamentos. El procesado ordenó sobre las 22.00 horas su traslado a A Coruña, donde ingresó con un coma intenso en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI). Ocho días después, la mujer falleció debido a que el condenado no adoptó "medida de control alguna sobre la glucemia".

"La falta de tratamiento en el tiempo fue determinante del fatal desenlace que el acusado podría haber evitado con ciertas medidas esenciales de diligencia que no entrañaban complejidad alguna", subraya el juez en la sentencia, en la que considera probado que la paciente debió ser "tratada de inmediato", ya que la cifra de glucemia suponía "un riesgo vital". Así, concluye que el imputado faltó "a los parámetros indicados por la ciencia médica" al no adoptar "medida de control alguna" durante el ingreso de la víctima en Cee ni durante su traslado en ambulancia al centro hospitalario Universitario de A Coruña.

La Fiscalía solicitaba en su escrito de calificación sobre los hechos que el sospechoso fuese condenado por cometer un delito de homicidio por imprudencia a dos años de cárcel y a cuatro años de inhabilitación para ejercer su profesión en centros públicos y privados. La acusación particular, ejercida por el letrado de la familia de la afectada, reclamaba al juez que le impusiese cuatro años de prisión y que lo inhabilitase durante seis años. La defensa del doctor llegó a un acuerdo sobre la pena con las acusaciones antes del juicio, por lo que la vista oral no se celebró y el juez dictó sentencia oral en la sala. Así, el sospechoso, que carece de antecedentes reconoció los hechos ante el titular de Penal 1 y aceptó ser condenado a pagar una multa de 180 euros por cometer una falta de homicidio por imprudencia. Contra el fallo no cabe recurso, ya que fue dictado bajo la conformidad de todas las partes implicadas en el caso.

En el momento de su fallecimiento la mujer convivía con su madre, que se personó en la causa como acusación particular. El Sergas deberá abonarle una indemnización de 80.000 euros.