El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que obligaba a la Fundación Luis Seoane a readmitir en su puesto a su anterior directoraTSXGFundación Luis Seoanereadmitir , la edil socialista Silvia Longueira, después de que fuese destituida por falta de confianza del patronato, presidido por el exalcalde, Carlos Negreira, del Partido PopularSilvia Longueiradestituida exalcalde, Carlos Negreira. Contra la sentencia no cabe recurso, por lo que el despido se ha declarado nulo y Longueira podrá volver a su trabajo en la entidad.

Longueira fue directora de la fundación desde 2004 hasta 2007, cuando pidió una excedencia para ejercer la labor de concejal de Servicios Sociales, durante el mandato de la coalición del PSOE y BNG en María Pita. En 2011, con la victoria por mayoría absoluta del PP en la ciudad, Longueira ocupó su escaño en la oposición con dedicación parcial y volvió a la dirección de la entidad que difunde el legado de Luis Seoane. Con el cambio de color en el Gobierno local, el patronato de la fundación también fue modificado, de modo que la presidencia la ocupó Negreira y la vicepresidencia, la entonces titular de Cultura, Ana Fernández. Ambos retirados ya de la vida política.

Según recoge la sentencia, el entonces alcalde le dijo a la directora de la fundación que tenía que elegir entre su cargo y ser concejal en María Pita por el PSOE, una elección a la que Longueira se negó. En octubre de 2013, Ana Fernández reunió a los patronos para decirles que no tenía confianza en la directora de la fundación. Según recoge la sentencia del Supremo, Ana Fernández alegó que Longueira "por las mañanas" estaba "dando batalla como PSOE en la oposición y por las tardes bajo sus órdenes", fue por ello por lo que le dijeron que se "iba a tener que ir". La carta de despido le llegó unos días despuésdespido y esa semana tuvo que ir a una consulta médica derivada de la situación laboral por la que estaba pasando.

En junio de 2014, el Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña dio la razón a Longueira y condenó a la fundación a readmitirla y a pagarle 5.000 euros de indemnización por daños moralesLongueira . Esta sentencia fue recurrida por el patronato de la Seoane que, para entonces, ya había contratado a David Barro como director-gerente de la entidad. En febrero de 2015, el Tribunal Superior rechazó el recurso de la fundación, que en mayo apeló ante el Supremo Tribunal Superiorrecurso fundación.

El Alto Tribunal anula uno a uno los argumentos esgrimidos por la Luis Seoane. El primero se basa en unas grabaciones presentadas por Longueira como prueba. El Alto Tribunal las admite, ya que "recogen conversaciones mantenidas en el lugar de trabajo con miembros del patronato de la fundación para la que trabajaba y que tenían la facultad de acordar su cese".

El segundo argumento es que Longueira no cumplía su jornada de trabajo de 35 horas pactada. "Nada se dice en referencia a ello en la sentencia impugnada", explica el fallo del Supremo. El tercer pivote del recurso es similar al anterior y hace referencia a la "desobediencia e indisciplina" de Longueira. El Supremo arguye que "ni consta en los hechos probados" ni fue "objeto de análisis" en la sentencia del Juzgado de lo Social, por lo que su fallo no puede contradecir a este anterior.

La cuarta alegación presentada por la fundación radica en la indemnización por daños morales derivados de este despido. El Alto Tribunal no aprecia "contradicción", ya que Longueira tuvo que acudir al médico tras este episodio laboral.

Tras este fallo, la fundación Luis Seoane ha de hacerse cargo de las costas del proceso. La entidad había decidido en junio de 2014 recurrir la sentencia que obligaba a la readmisión de Longueira para "evitar un daño irreparable en el prestigio de la fundación". Tras conocer la primera sentencia, que anulaba el despido de la directora, Longueira explicó que su intención era volver a su antiguo empleo.