Tres responsables de seguridad de Alcoa fueron condenados a pagar una multa de 1.080 euros por un accidente laboral sucedido en mayo de 2009 en el que un trabajador perdió los cinco dedos de su mano derecha. Los imputados fueron sentenciados por cometer un delito de lesiones por imprudencia. El juez de Penal 1 tuvo en cuenta a la hora de dictar el castigo la atenuante de dilaciones indebidas y de reparación del daño, ya que la compañía aseguradora de la empresa hizo efectiva la indemnización a la víctima antes del juicio. El afectado, según consta en la sentencia, trabajaba como profesional de colador de fundición en la sede de la compañía, situada en A Grela. El día de los hechos, sobre las 19.30 horas, manipulaba un laminador para realizar labores de limpieza cuando la máquina le seccionó los cinco dedos de la mano derecha.

El instrumento, fabricado en 1975, carecía de resguardos o dispositivos que impidiesen el acceso a la zona de riesgo de atrapamiento o que detuviesen las maniobras peligrosas antes del acceso a ese área, según recalca el magistrado en el fallo, en el que destaca que el equipo de trabajo y su conjunto no se ajustaban a la normativa legal vigente. La víctima permaneció 34 días hospitalizada y tardó 521 en curar de las lesiones. Al trabajador le fue reconocida una incapacidad permanente en grado total para su profesión habitual. Los tres responsables de seguridad de Alcoa, según la sentencia, omitieron "las más elementales medidas de precaución exigibles de acuerdo con sus conocimientos y funciones a fin de salvaguardar la vida e integridad de los trabajadores".