Ayer se nos notificó la sentencia del Tribunal Supremo de 16 de marzo de 2016 que ordena la demolición de las obras de transformación del edificio Fenosa ejecutadas al amparo de la licencia municipal anulada por la sentencia de 20 de diciembre de 2001, "para que el edificio en cuestión quede en la situación en que se encontraba antes del otorgamiento de aquélla", es decir, cuando era la sede de las oficinas de la empresa eléctrica. De esta manera, se pone coto definitivamente a las improcedentes e ilegales actuaciones que los sucesivos responsables del Ayuntamiento de A Coruña, han venido realizando, hasta ahora impunemente, para impedir la ejecución de la sentencia, utilizando para ello a los servicios municipales de urbanismo y de asesoría jurídica, dispendiando sin límite recursos públicos -recordemos que en el anterior incidente de inejecución por causa de pretendida e inexistente imposibilidad material el Ayuntamiento abonó más de 60.000 euros para pago de informes periciales y asesorías externas- y actuando "de forma que dista mucho de los principios de la buena fe" según consta reconocido por la anterior sentencia del Tribunal Supremo de 8 de julio de 2014.

Con esta sentencia, al restablecer el mandato contenido en el artículo 118 de la Constitución que dice que "es obligado cumplir las sentencias y demás resoluciones firmes de los Jueces y Tribunales, así como prestar la colaboración requerida por éstos en el curso del proceso y en la ejecución de lo resuelto", el Tribunal Supremo rescata al estado de derecho del secuestro al que lleva sometido durante 10 años, que son los que han transcurrido desde que la sentencia del Tribunal Supremo de 28 de marzo de 2006 convirtió en firme e inapelable la sentencia de 20 de diciembre de 2001 que ordenó la demolición de las obras realizadas al amparo de la licencia ilegal -y anulada por ello- que el Ayuntamiento de A Coruña concedió en 1997 a la inmobiliaria Fadesa para la transformación del edificio Fenosa.

Aunque nos satisface la sentencia, que es la quinta que el Tribunal Supremo ha tenido que emitir en el mismo procedimiento contencioso que iniciamos en diciembre de 1997, después de 18 años de lucha constante defendiéndonos de actuaciones improcedentes, ilegales y extemporáneas -a pesar de lo cual fueron admitidas y tramitadas, e incluso indebidamente sugeridas, por el TSXG, según ha quedado reconocido por el Tribunal Supremo-, tenemos la sensación agridulce que se resume en el viejo aforismo que dice que "la justicia tardía no es justa". Y no podemos por menos que pensar que si el contencioso hubiese durado dieciocho meses en lugar de dieciocho años, o si las obras se hubiesen paralizado de oficio en 1998, cuando todavía estaban iniciándose, y la inmobiliaria Fadesa reconoció explícitamente en su contestación a la demanda que había incumplido a sabiendas el PGOM entonces vigente, no se habría involucrado a terceras personas en el asunto.

A pesar de la meridiana claridad de la última sentencia del Tribunal Supremo, que declara expresamente que "no procede actuación administrativa alguna cuya finalidad sea eludir el cumplimiento de la indicada sentencia", el actual Gobierno municipal, en un comunicado que ha difundido, insiste de forma contumaz en negar la evidencia, y pretende que se puede continuar con el incidente de inejecución que ha incoado -el cuarto en el mismo procedimiento contencioso- basándose en el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de 23 de octubre de 2015 que aprobó un proyecto de legalización del edificio, pretendidamente al amparo del PGOM de 2013. Este nuevo incidente de inejecución se ha planteado de forma tan torticera como fraudulenta, según hemos puesto en evidencia en las alegaciones en las que, además de argüir su improcedencia y extemporaneidad que lo convierten en inadmisible, hemos demostrado que las obras ejecutadas en el edificio incumplen flagrantemente y a ojos vista las disposiciones del PGOM 2013 y por consecuencia son ilegalizables, lo que convierte dicho acuerdo municipal en nulo de pleno derecho, en tanto tiene por objeto impedir la ejecución de una sentencia firme e inapelable.

De forma tan reiterada como infructuosa hemos tenido que venir denunciando que somos víctimas indefensas de una estrategia dilatoria que persigue que no se ejecute la sentencia mediante una táctica basada en 1) aguardar a que se nos acabe la vida; 2) aguardar a que se nos agoten los recursos económicos para financiar los costes del procedimiento; y 3) aguardar a que las dificultades inexorables de la vida nos impidan continuar reclamando la ejecución de la sentencia. Pero esta situación no puede continuar así por más tiempo, ya que defendemos que la duración de los procesos judiciales tiene que estar relacionada con la duración de la vida de las personas, y resulta absolutamente intolerable que llevemos con este contencioso la tercera parte de nuestra vida.

Después de que el Tribunal Supremo en esta última sentencia haya dicho textualmente que "hay que recordar a la Sala de instancia (al TSXG) que si se hubiese procedido a ejecutar la sentencia cuando ella misma declaró que no concurría imposibilidad legal de hacerlo, no se hubiese demorado tal ejecución hasta haberse aprobado distintas modificaciones del planeamiento urbanístico? cuando ello ha podido encubrir una decidida voluntad de no cumplirla", no podemos asistir impávidos a que este Gobierno municipal continúe con una "decidida voluntad" de no ejecutar la sentencia pretendiendo simular burdamente que se cumple, continuando con la política demagógica sostenida por sus predecesores para justificar que eluden la ejecución por el interés público -cuando el primer interés público consiste en el respeto a la Constitución, a las leyes y a los planes urbanísticos- mientras continúan sin depurarse ningún tipo de responsabilidades por la comisión de una ilegalidad que nadie a estas alturas puede discutir, empeñándose así en dar la razón a los ciudadanos desencantados que opinan que todos los políticos son iguales, o que las castas son contagiosas.

Por ello, estamos dispuestos a ejercer todas las actuaciones legales que estén en nuestra mano para evitar que se pueda continuar impunemente obligándonos a dar vuelas atados a una noria, recomenzando indefinidamente las discusiones jurídicas y urbanísticas cuando se han acabado. Sabemos que seremos incomprendidos por muchos que serán capaces de atribuir la responsabilidad de las consecuencias de una ilegalidad a quien la denuncia y no a quien la comete, pero no queremos vivir en un país que en lugar de ser un estado de derecho sea una dictadura electiva, en la que los gobernantes puedan ejercer arbitrariamente su voluntad sin sujetarse a leyes, normas o planes durante el período en que ejerzan el poder que les hemos delegado; por eso, asumimos que tenemos que perseverar, y perseveraremos.