El alcalde, Xulio Ferreiro, ha resuelto mediante decreto la aprobación de una instrucción de Transparencia en el Concello que establece la creación de un órgano encargado de "controlar, evaluar y hacer un seguimiento permanente de las exigencias de publicidad activa" y recibir "quejas y sugerencias de los ciudadanos relacionadas con la transparencia" de su actividad. Se llamará Gabinete de Transparencia y Buen Gobierno, cuyos miembros nombrará el alcalde, y resolverá las controversias que surjan en el área responsable de tramitar las solicitudes vecinales para acceder a información pública.

La instrucción determina la creación de un registro público de convenios y una plataforma de acceso web. Deberá constituirse además un grupo de trabajo sobre transparencia que impulse acciones que favorezcan el cumplimiento de las exigencias legales respecto a esta materia y desarrollarse el plan A Coruña pola Transparencia, que coordinará la Jefatura de Servicio de la Alcaldía.

El Gabinete de Transparencia, las áreas de gestión municipal y el personal del Concello y de otras entidades vinculadas constituirán la organización interna que se encargará de garantizar el cumplimiento de la ley 19/2013 de 9 de diciembre de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El órgano de control de la actividad del Concello elaborará un informe anual sobre la aplicación de esta ley estatal y de la instrucción municipal y propondrá medidas para mejorar su funcionamiento.

La instrucción explica el procedimiento que deberán seguir los ciudadanos para poder acceder a los contenidos informativos y documentos del Concello y de sociedades dependientes como los consorcios, las fundaciones públicas, las empresas de titularidad municipal (Emvsa, Emalcsa y EDAR de Bens) y el Instituto Municipal Coruña Espectáculos (IMCE). Todos los vecinos tienen derecho a solicitarlos en la sede electrónica del Ayuntamiento de forma gratuita y sin necesidad de motivar la petición, aunque hay restricciones.

Un expediente en curso no se considerará información pública, indica la instrucción, y la ley 19/2013 señala que aquellas peticiones que supongan un perjuicio para aspectos como la seguridad pública, la política económica, los intereses comerciales o la protección del medio ambiente limitan el derecho a ese acceso.

Las resoluciones por las que se concede el acceso a la información deberán notificarse a solicitantes y posibles afectados en el plazo máximo de un mes. Pero los dictámenes pueden denegar el acceso a los documentos, concederlo de modo parcial o a través de modalidades distintas a la solicitada, que preferentemente será la vía electrónica.