Un hombre de 57 años fue condenado por intentar agredir sexualmente a una mujer a la que conoció en un bar de la calle San Juan en noviembre de 2014. La magistrada del Juzgado de lo Penal número 5 de A Coruña le impuso un año de prisión, el abono de una indemnización a la víctima de 3.200 euros y la prohibición de acercarse a menos de 300 metros de ella durante cuatro años. El procesado no ingresará en la cárcel porque la pena es inferior a dos años y carece de antecedentes.

La juez considera probado en el fallo que el agresor y la víctima se conocieron en el interior del local, donde llegaron a besarse. Sobre las cuatro de la madrugada la mujer se fue a su casa, situada en las inmediaciones, y la acompañó el imputado, quien accedió al interior de la vivienda. "No quedó acreditado que le hubiese impedido la entrada o que le hubiera negado que la acompañase", indica la titular de Penal 5, quien subraya que una vez dentro del piso, la afectada le exigió que se fuese y cogió el teléfono para llamar a un amigo, ante lo que el procesado reaccionó tirándoselo al suelo y abalanzándose sobre ella.

"La tiró al suelo y se puso encima de ella, le arrancó la camiseta e intentó tocarle el pecho, llegando a romperle el sujetador. La perjudicada le agarraba los brazos y se resistía a tal acción, gritando que se fuera de su casa, hasta que finalmente el acusado se fue", relata la magistrada en la sentencia, en la que recalca que la declaración de la víctima es "coherente" y que está apoyada por un informe médico en el que consta que sufrió un hematoma y rasguños. Además, un amigo de la mujer al que llamó nada más suceder los hechos describió que al llegar a su casa se la encontró "de rodillas, llorando, presa de un ataque de histeria" y que vio el sujetador roto, tirado en el suelo, y la camiseta rasgada.

Otra testigo amiga de la afectada indicó que dos días después estaba con otras dos personas en un local de As Atochas cuando entró el imputado, por lo que le fueron a recriminar lo que había hecho. Los testigos señalaron que les respondió: "Cuando una mujer te invita a cenar, ya sabes cual es el postre". El representante del Ministerio público reclamaba en su escrito de calificación que fuese condenado a tres años de prisión. La juez lo absolvió de la falta de lesiones y del delito de allanamiento de morada.