El Plan General de Ordenación Municipal aprobado en 2013 acaba de salvar un gran escollo, ya que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia desestimó los dos primeros recursos presentados contra la totalidad del documento, uno de ellos planteado por el BNG y otro por los propietarios de suelo en A Zapateira. En ambos casos, el tribunal rechaza los argumentos esgrimidos por los recurrentes y da vía libre a la normativa urbanística.

El recurso que fue presentado por el entonces portavoz municipal nacionalista, Xosé Manuel Carril, incluía entre los motivos para que se anulase el plan general la exención de la cesión del 10% del suelo al Concello en el muelles de Calvo Sotelo y la Batería tras su urbanización, el proyecto inmobiliario de la cantera de Adormideras y el cambio de la calificación de los terrenos de La Solana y el hotel Finisterre, que pasaron a ser suelo dotacional privado, en lugar de público.

Tras conocer el fallo judicial, el BNG anunció que estudiará la posibilidad de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, ya que considera que los fundamentos jurídicos del Superior de Galicia son un "copia y pega" de los argumentos esgrimidos por el anterior Gobierno local y la Xunta en este recurso. El Bloque asegura que esta sentencia "desdice" al tribunal con respecto a otras de sus resoluciones anteriores y que además "avala políticas urbanísticas especulativas".

La primera de esas situaciones está relacionada con la venta de los terrenos del puerto interior para financiar la dársena de punta Langosteira. La sentencia admite el argumento del Ayuntamiento de que el convenio de 2004 para la venta de los muelles, incluido en el plan general, recoge la exención de la cesión de suelo y que, además, la legislación urbanística gallega permite eliminarla cuando el objetivo de la operación es la financiación de infraestructuras públicas.

A la vista de la sentencia, el BNG estima que el Superior resuelve "de modo contradictorio" a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, a la que se hacía referencia en la argumentación del recurso.

Los nacionalistas consideraban también ilegal que se autorizase la construcción en la cantera de Adormideras para compensar a los propietarios de suelo en el Agra de San Amaro, perjudicados por la declaración de esa zona como área de protección de la Torre de Hércules. El tribunal recuerda que el Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (Icomos), encargado de vigilar que se cumplan las exigencias del patrimonio mundial de la Unesco, no apreció problemas en que se construya en Adormideras, al igual que la Consellería de Cultura, por lo que considera correcto este contenido del plan.

Pese a haber defendido la legalidad de esta actuación, el Gobierno local del Partido Popular anunció el mismo día del cierre de la campaña electoral de 2015 que retiraría el proyecto, al que también se opone Marea Atlántica, aunque será necesaria una modificación del plan general para que sea imposible llevarlo a cabo. Una vez conocido el fallo, el BNG califica de "inadmisible" que avale la construcción en la zona de protección de la Torre de Hércules.

Otro de los cambios realizados en la normativa que sustentaron el recurso del Bloque fue el paso de dotacional público a privado en la calificación del suelo del complejo deportivo La Solana pese a ser propiedad de la Autoridad Portuaria, lo que los nacionalistas relacionaban con su intención de vender estos terrenos.

El tribunal da su visto bueno a la modificación al entender que se trata de un cambio jurídico "que no se presenta como una decisión irracional a la vista de que no está vinculada la Administración por planeamientos anteriores". Para el BNG, esta resolución "avala que la Administración pueda cambiar la calificación urbanística de estos terrenos sin justificarlo".

Los nacionalistas exigían además que el plan general volviera a ser votado por el pleno del Concello tras la introducción de las correcciones que fueron ordenadas por la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestruturas una vez que el texto ya había sido votado. Carril estimaba que las modificaciones que se habían realizado eran sustanciales y que, por lo tanto, era necesario volver a someter el documento a votación por la Corporación municipal.

Para el BNG, en este caso se había producido una "vulneración del procedimiento legalmente establecido" que motivaba la "nulidad de pleno derecho" del plan. La Consellería de Medio Ambiente replicó que los textos refundidos de los planes generales "no tienen que ser sometidos para su aprobación al pleno" y que no hay ninguna norma que lo exija, mientras que el Ayuntamiento aseguró que las modificaciones introducidas eran "de escasa importancia.

El Tribunal Superior, a la vista del listado de correcciones aportado por el Concello, considera que "no son cambios sustantivos que exigieran una nueva aprobación por el pleno", ya que algunos de ellos son correcciones de errores, otros son rectificaciones de cálculos erróneos y otros aclaraciones de determinadas situaciones, por lo que desestima este argumento del recurso.

Tampoco admite el máximo tribunal gallego que se hubiera introducido en el plan general un cambio que no había sido exigido por la Xunta como advertía el BNG, que se refería a la autorización de que los edificios que no se ajusten a la normativa urbanística puedan ser sustituidos por otros del mismo volumen. Este asunto había causado una gran polémica durante el proceso de elaboración del plan general tras la campaña política realizada por el PP, que alertó de que miles de edificios perderían su valor al ser considerados fuera de ordenación.

El Gobierno local del PP explicó que este cambio fue en respuesta a unas aclaraciones solicitadas por la Xunta, que posteriormente admitió la nueva redacción aplicada por el Concello.