Vecinos de Os Rosales se llevaban una alegría el pasado otoño cuando un juez de lo Contencioso-administrativo le daba la razón y anulaba el proceso para legalizar Maderas Peteiro, una empresa que llevan denunciando desde 2003 por contaminación y ruido. El magistrado invalidar el trámite realizado por el Gobierno anterior para intentar legalizar la actividad de la empresa, con licencia de ebanistería de 1973 que fue ampliando su actividad hasta convertirse en industrial. Para decepción vecinal, el Superior ha echado abajo este fallo. El Alto Tribunal Gallego ni siquiera llega a analizar en su contenido, en el que magistrado de primera instancia llegaba a cuestionar la "imparcialidad" de los informes técnicos que amparaban la decisión del Ejecutivo del PP. Y es que, dando la razón al recurso de la empresa, considera que el poder que la comunidad de propietarios le dio en 2013 a su presidente para emprender acciones legales no estaba vigente.

La sección Segunda de la sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior dictó sentencia el pasado 27 de junio. En ella acepta la tesis de Maderas Peteiro e indica que el poder fue dado al presidente en una junta de propietarios en mayo de 2013 y que la decisión que se recurrió, por la que el Concello inició el proceso para intentar legalizar la actividad de la fábrica, tiene fecha de 2014. La comunidad de propietarios de un bloque de la calle Simón Bolívar -el más afectado por la actividad- lo habían facultado "tan ampliamente como sea preciso en derecho" para "realizar las gestiones y escritos que considere oportunos, nombrar abogados y procuradores y otorgar poderes notariales para pleitos que fuesen precisos". El tribunal argumenta que la autorización es general y no se refiere concretamente a las resoluciones municipales impugnadas.

Trámites con polémica

Al no considerar el recurso regular desde un punto de vista formal, ya no analiza el contenido del fallo sobre el proceso para legalizar Maderas Peteiro, unos trámites que inició el PP cuatro meses después de ganar la Alcaldía y que llevó el BNG a pleno en 2012 por la relación familiar del exedil de Urbanismo con la empresa. Los vecinos recurrieron este proceso al entender que el Concello pretendía conceder "clandestinamente" nuevas licencias a la fábrica a través de un cambio de titularidad en la empresa. La licencia había sido concedida individualmente al fundador y la titularidad se pretendía transmitir, con objeto de regularizar la situación, a la sociedad limitada que él mismo fundó. El problema fue que, aprovechando el traspaso, se incluyeron "actividades que no estaban previamente licenciadas", al ir acompañada la solicitud de un "proyecto refundido de ampliación de las instalaciones de almacenaje y secado".

En el fallo de septiembre, el juez de lo Contencioso-administrativo dio la razón en todos sus argumentos a los vecinos y se mostró contundente al cuestionar, tanto la actuación municipal, como los informes técnicos que sustentaron el proceso de legalización. Además, el magistrado, en contra de lo esgrimido por el Ayuntamiento, relacionó directamente la transmisión de la licencia con los trámites de la legalización de sus actividades fabriles sin permiso. "El acto que se recurre es precisamente el que posibilita el segundo acto que, extrañamente, es de la misma fecha, sin que conste la notificación de la concesión de la licencia a la recurrente", comienza.

El fallo revocado cuestionaba además los documentos técnicos en los que se sustentaron las decisiones municipales. En primer lugar, vio una "irregularidad" en que el ingeniero emitiese un informe avalando que la empresa se ajusta a la normativa de incidencia ambiental un mes antes de que se firmase el estudio "compatibilidad urbanística". Este estudio debe definir los efectos que puede tener una industria como esta en una zona residencial y anexa a un colegio. "Esto obliga a señalar la dudosa imparcialidad del mismo o, en su caso, la falta de rigor de su informe para darle validez al fin al que está destinado", reprocha. El fallo reprueba además que el ingeniero se refiera "de forma genérica" a estos efectos contaminantes.

El segundo informe, el del aparejador, no se salva de las críticas. "Tampoco se puede comprender por su falta de precisión", reprocha el magistrado, que no entiende cómo acepta que se legalice "per se" la ampliación de la actividad ampliada durante 40 años cuando la licencia era para una ebanistería.