-¿Por qué se producen situaciones como la del edificio de la calle de la Torre?

-Son contratos nuevos y tienen que sujetarse a la nueva Ley de Arrendamientos Urbanos, que tienen un plazo pactado y cuando vence se terminaron. Con que avisen al inquilino dos o tres meses antes de que no le van a renovar cumplen la Ley, por lo que no tienen ningún derecho a permanecer en la vivienda.

-¿Está habiendo muchos casos de este tipo?

-No, es rarísimo que se eche a todos los inquilinos de un edificio. Si había alguno con renta antigua por subrogaciones y estas se terminaron, le harían un contrato nuevo para que siguiera en el piso, pero de acuerdo con la ley que está ahora en vigor, que establece unos plazos. Antes eran cinco años y ahora tres los que pueden estar. Pero no tienen derecho a indemnización ni a que les renueven ni a retornar después de las obras.

-En este caso, la causa de la salida es la adquisición del edificio por una empresa.

-Pues a medida que vayan venciendo los contratos no se les renovará. No hay otro problema, pero los casos habituales es que si hay un contrato de renta antigua se le proponga un acuerdo para indemnizarle o permitirle que retorne con un aumento de la renta, pero en este caso se trata de contratos nuevos sujetos a la ley actual, por lo que no hay otra cosa.

-El nuevo propietario pretende reformar el edificio y venderlo. ¿No hay ninguna limitación por el hecho de tener inquilinos?

-No, ejerce el derecho que tiene a no renovarles el contrato cuando venza. Lo que no puede hacer es echarles sin que haya vencido, pero ya les ha avisado de que no les va a renovar para que cada uno se vaya buscando otra vivienda.

-¿Cree que el hecho de que el edificio esté situado en Monte Alto, donde hay mucha demanda de pisos, haya justificado esta iniciativa?

-Es posible que el nuevo propietario lo haya adquirido por su rentabilidad para la venta y no para el alquiler. La empresa compra un edificio en el que los contratos de alquiler tienen un plazo y si tiene que esperar tres años lo hace, pero cuando venza no se les renueva y se reforman los pisos para venderlos.

-¿La anterior legislación sobre arrendamientos era perjudicial para el propietario?

-Sí, porque al inquilino tan solo podía aumentarle la renta de acuerdo con el IPC, pero es que había contratos de tan solo 50 euros al mes.

-Al margen de que la renta fuera antigua, ¿era también perjudicial que el contrato fuera indefinido?

-Claro, porque además los inquilinos tenían derecho de subrogación, por lo que el propietario se moría con ellos y solo había la excepción de recuperarlo para cedérselo a un hijo y había que cumplir unos requisitos.