Totalmente desnudo para bailarle "una performance". Así se presentó en la vivienda de una profesora el conserje de la escuela en la que impartía clases la víctima. El procesado, que tiene 37 años, reconoció ante el juez que la acosaba sexualmente desde principios de enero de 2015 hasta que en el mes de septiembre de ese año se desplazó hasta el inmueble, situado en el barrio de El Ensanche, a las 18.45 horas "completamente desnudo". Al día siguiente, según consta en la sentencia, se encontraba sobre las 13.30 horas en las inmediaciones del domicilio de la afectada "en actitud desafiante y en espera".

El procesado, que aceptó que el magistrado de Penal 5 le impusiese una orden de alejamiento de la afectada durante tres años, admitió, según consta en el fallo, que un día decidió que "debía ser su pareja". Así, comenzó a acosar a la profesora, con la que no había mantenido ningún tipo de relación. "No paraba de hacerle propuestas sentimentales", relata el juez, que asegura que en una ocasión le dijo: "Tenemos que hablar de lo nuestro". Otro día, la persiguió por la escuela hasta que la víctima se refugió en administración y llegó a interrumpir sus clases varias veces para intentar hablar con ella.

El magistrado señala que el condenado incluso amenazó a otro maestro con "romperle las piernas" porque, supuestamente, tenía una relación con la perjudicada. Tanto la Fiscalía como el abogado de la profesora llegaron a un acuerdo con la defensa antes del juicio sobre la condena, por lo que la vista oral no se celebró y el titular de Penal 5 dictó sentencia oral en la sala. El sospechoso reconoció los hechos y aceptó ser sentenciado a cuatro meses de prisión como autor de un delito de acoso sexual, así como a la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de la maestra, de su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro donde se encuentre durante tres años. El juez también le impuso una orden de alejamiento de los padres y del hermano de la denunciante.

El condenado no ingresará en prisión, pues aunque tiene un antecedente penal no es computable a efectos de reincidencia. El magistrado aceptó la suspensión de la pena durante dos años, es decir, que no cumplirá los cuatro meses de cárcel con la condición de que durante ese periodo no vuelva a delinquir.