La sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña condenó a dos jóvenes que fueron arrestados durante la madrugada del 13 de julio de 2013 en Ortigueira cuando anunciaban por un megáfono que vendían droga. Los imputados, vecinos de la ciudad, aceptaron ser sentenciados a tres años de prisión. El abogado de los sospechosos, José Ramón Sierra, llegó a un acuerdo antes del juicio con la Fiscalía, que solicitaba que fuesen penados con tres años y seis meses de cárcel y el pago de una multa de 2.500 euros. Los procesados se trasladaron a Ortigueira, donde se celebraba un festival, para vender la droga. Los agentes decomisaron en el interior del coche MDMA y cannabis valorados en más de 1.000 euros. La Guardia Civil detuvo a un tercer sospechoso que no se presentó al juicio, por lo que está declarado en rebeldía.

Los imputados reconocieron los hechos ante el tribunal de la Audiencia Provincial, pero en fase de instrucción negaron haberse desplazado a Ortigueira para vender sustancias estupefacientes. Así, sostuvieron que los que anunciaban la venta de speed a través de un altavoz eran "marroquís" y alegaron que los pudieron haber "confundido" con ellos. Los tres justificaron que la marihuana que escondían en el interior del coche era para consumir "durante las vacaciones" y declararon que compraron "bastante" porque se la habían ofrecido "muy barata". En cuanto al MDMA que localizó la Guardia Civil, contaron que se la habían "encontrado en la calle", en concreto, al lado del tanatorio de Ortigueira, donde habían estacionado el automóvil. Respecto a la báscula de precisión que presuntamente utilizaban para pesar la droga y distribuirla en dosis, testificaron que la llevaban en el turismo porque uno de ellos hacía "ejercicio" y la necesitaba para mezclar "batidos" de proteínas.

Los agentes que los detuvieron también intervinieron dinero "aparentemente procedente de la droga que habían vendido", si bien los condenados alegaron que los 761 euros en metálico que llevaban eran para "disfrutar" de sus vacaciones. Los tres sostuvieron que eran consumidores habituales de droga. La Audiencia Provincial tuvo en cuenta a la hora de dictar la condena la atenuante de adicción a sustancias tóxicas.