La Asociación Profesional de Técnicos Medios e Superiores da Administración Xeral e Especial del Concello de A Coruña (Asteco) ha conseguido un primer aval judicial en su lucha contra la designación por el Gobierno de Juan Carlos Prado del Valle como jefe de Planeamiento y Gestión del Suelo, aprobada este año, ya que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de la ciudad anuló las bases del procedimiento para elegir a ese cargo municipal y por lo tanto su nombramiento para el cargo.

La sentencia, que podrá ser recurrida por el Concello, estima que el Ejecutivo municipal vulneró la legislación aprobada por la Xunta el año pasado, que elimina la posibilidad de la designación directa de altos cargos salvo en casos excepcionales y obliga a convocar concursos entre los funcionarios, así como a cambiar las relaciones de puestos de trabajo tanto en la administración autonómica como en los ayuntamientos para adaptarse a la nueva situación.

El juez considera que el Gobierno local designó de forma directa a Prado amparándose en que el Concello coruñés todavía no adaptó su relación de puestos de trabajo a la nueva legislación autonómica, lo que no es aceptado como excusa por la sentencia. Pese a que la norma aprobada por la Xunta no indicaba qué debe hacerse con las convocatorias de puestos mientras se reforman las relaciones de puestos de trabajo, la sentencia estima que esa omisión no puede ser entendida como "un apoderamiento para seguir cubriendo puestos de trabajo por el sistema de libre designación", circunstancia que solo podría producirse "si se justificara que se daban las condiciones especiales de responsabilidad o especial confianza".

Asteco, colectivo que agrupa a funcionarios municipales de nivel medio, había recurrido anteriormente la designación por el Gobierno local del PP de secretarios e interventores como altos cargos del Concello, decisión que también fue criticada por sindicatos y grupos políticos. El recurso fue desestimado inicialmente por un juzgado coruñés, pero el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia solicitó posteriormente al Constitucional que le informase si la ley gallega que regula la libre designación de cargos se adapta a la Carta Magna.

Al presentar su recurso contra la designación de Juan Carlos Prado, Asteco argumentó que esta decisión "incumple los requisitos establecidos en la normativa autonómica", ya que las jefaturas de servicio municipales no tienen la consideración de puestos directivos. La asociación destacó además que la provisión de puestos por el sistema de libre designación "vulnera los principios de igualdad, mérito y capacidad, así como la garantía en el desempeño de ese puesto de trabajo".

La respuesta del Concello fue que la nueva legislación autonómica, aunque establece como procedimiento ordinario el concurso específico para la cobertura de puestos como el del jefe de Planeamiento, "mantiene el de libre designación en casos excepcionales", al tiempo que recordó que ya se está tramitando la modificación de la relación de puestos de trabajo.

La sentencia hace mención a la incidencia que tuvo la aprobación de una nueva ley por la Xunta en el proceso seguido por el Gobierno Local para nombrar a Prado, ya que solicitó un informe jurídico para comprobar si era legal. Pese a que ese documento dio el visto bueno a la iniciativa, el juez señala en su fallo que no comparte "en modo alguno" ese criterio.