Un conductor ebrio de 23 años que el año pasado volcó de madrugada en el túnel de Juana de Vega aceptó ser condenado a pagar una multa de 720 euros y a 13 meses de privación del derecho a conducir por cometer un delito contra la seguridad vial, en su modalidad de conducción bajo los efectos de bebidas alcohólicas. El sospechoso admitió ante la titular del Juzgado de Instrucción número 5 de A Coruña que el 12 de febrero de 2016 de madrugada se puso a los mandos del turismo, un Volkswagen Polo, tras haber consumido alcohol.

"Esa circunstancia determinó que transitase a una velocidad inadecuada", destaca la juez, quien relata en la sentencia que al llegar al vial subterráneo perdió el control del automóvil al intentar trazar una curva. El procesado impactó contra el margen derecho de la calzada y las rudas delanteras golpearon contra el bordillo, lo que provocó que volcase. Al lugar de los hechos se desplazaron efectivos de Bomberos y de la Policía Local. Los agentes reflejaron en el atestado que el conductor se encontraba "en un evidente estado de embriaguez", por lo que le practicaron la prueba de alcoholemia, en la que arrojó un resultado de 0,81, la primera vez, y 0,84, la segunda -lo máximo permitido son 0,25 miligramos de alcohol por litro de aire espirado-.

El joven, que carecía de antecedentes penales, tenía "los ojos brillantes y enrojecidos, las pupilas dilatadas, halitosis alcohólica, aspecto abatido, locuacidad, expresiones repetitivas e incoherentes y deambulación vacilante con leve oscilación", según hicieron constar los efectivos de la Policía Local en el parte del accidente. El representante del Ministerio público, que exigía más pena en su escrito de calificación, y la defensa del sospechoso llegaron a un acuerdo antes del juicio, por lo que la vista no se celebró, el joven se declaró culpable y la titular de Penal 5 dictó sentencia oral en la sala.

El sospechoso reconoció los hechos y se mostró conforme con que la magistrada le impusiese una multa de 720 euros y la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante 13 meses. Además, deberá pagar las costas del procedimiento judicial. Contra el fallo no cabe recurso porque fue dictado bajo la conformidad de todas las partes implicadas en el procedimiento judicial.

La resolución será comunicada a la Dirección General de Tráfico para que inscriba al procesado, que carecía de antecedentes cuando sucedieron los hechos, en el registro de conductores e infractores.