El modelo de marquesina utilizado en dos paradas del bus urbano de la ciudad, en la plaza de España y la avenida de la Marina, ha enfrentado en los tribunales a dos arquitectos y a una empresa. Los primeros denunciaron a la UTE Gerca Acero y Metal por copiarles la obra de la que son autores y la Audiencia Provincial ha desestimado el recurso de apelación que presentaron contra la sentencia de un juez de lo Mercantil que había tumbado la demanda.

Los denunciantes, responsables en 2010 del diseño de las marquesinas de la plaza de España tras ganar el concurso convocado por el Concello, acusaron a la contratista de copiar sin su consentimiento el modelo empleado para el conjunto de paradas de la avenida de Marina en 2015 y le comunicaron su oposición al Ayuntamiento, la Autoridad Portuaria "y a las demás partes interesadas en la obra", según recoge el fallo de la Audiencia.

Los arquitectos añadieron en la demanda que Gerca Acero y Metal llevó a cabo deformaciones en las paradas de la Marina, con "una realización defectuosa y calidad inferior" a sus propios trabajos y "falta de atención a las proporciones y diseños de los elementos secundarios". Por ello los demandantes reclamaron ante el juez la declaración de infracción de sus derechos de propiedad intelectual, la prohibición a la empresa de reproducir los diseños de la plaza de España sin autorización de los arquitectos, la retirada de las marquesinas de la Marina y una indemnización valorada en 42.176 euros más los intereses legales.

Gerca se opuso a la demanda y alegó falta de legitimación activa de los denunciantes por haber cedido al Concello los derechos de propiedad intelectual que pudieran derivarse de su proyecto en 2009 y los de explotación de la obra a otra sociedad. El dictamen del juez desestimó la demanda por considerar que sus promotores ya habían cedido derechos a otra empresa, por lo que solamente conservaban el derecho moral de autor, al que no se refería la pretensión de la denuncia.

En su recurso de apelación los dos arquitectos mantuvieron sus reclamaciones para solicitar una estimación parcial que supusiera el reconocimiento de la vulneración del derecho de autor y derivase en una indemnización por daño moral calculada en 14.058 euros. La empresa volvió a oponerse, aunque impugnó el fallo del juez por asignarle legitimación pasiva para soportar la demanda de infracción.

Los magistrados de la Audiencia Provincial estimaron el recurso pero tumbaron las argumentaciones de los demandantes y negaron la legitimación pasiva de la demandada al "no ser posible imputarle los hechos en que la infracción consiste", sin imponer costas en ninguna de las instancias.