El juzgado creado en exclusiva para atender la avalancha de demandas por cláusulas suelo ha registrado desde su puesta en funcionamiento, el pasado 1 de junio, una media de 15 demandas diarias. En total, el organismo judicial ha recibido 1.520 litigios relacionados con las condiciones generales incluidas en contratos hipotecarios, entre ellos las cláusulas suelo. En A Coruña ya se han notificado las primeras sentencias, dictadas en base a los acuerdos judiciales alcanzados entre bancos y particulares. Las entidades, en estos casos, se allanaron, es decir, reconocieron la deuda, bien una vez fueron emplazadas por el juzgado, bien en las audiencias previas, por lo que el juez procedió a dictar sentencia sin que se celebrasen los juicios. Los fallos, aún así, no son firmes, pues el magistrado impuso el pago de costas a los bancos y pueden recurrir.

Estos pactos, en los que las entidades financieras reconocen la deuda total o en parte, suelen alcanzarse en las denominadas audiencias previas, es decir, vistas donde se discuten pruebas y cuestiones procesales. En caso de no llegar a un acuerdo aquí, el titular del organismo exclusivo de cláusulas suelo fija fecha para el juicio. Tras su celebración tiene un plazo de veinte días para dictar sentencia.

Las primeras vistas ya están señaladas para dentro de dos semanas, por lo que en 2017 se emitirán los primeros fallos judiciales. Además de las cláusulas suelo, los particulares reclaman a los bancos los intereses, así como los gastos de constitución de las hipotecas. Los demandantes también exigen que las entidades financieras se hagan cargo de las costas procesales, es decir, que paguen el abogado que tuvieron que contratar para defender sus derechos ante los tribunales. Por el momento, en las primeras sentencias, según fuentes judiciales, los bancos fueron condenados a abonar las costas. El criterio general es que las entidades den el visto bueno en las audiencias previas -donde se propone prueba documental antes del juicio- al pago de lo cobrado de más por el suelo, pero lo que discuten son los intereses.

Una de las cláusulas sobre las que deberá pronunciarse el juez es la de comisión de apertura, cuantía que algunas entidades cobran a la hora de conceder el préstamo y que justifican en base a los gastos administrativos y de gestión del mismo. No son numerosos los fallos que abordan esta condición y, además, sin una doctrina unificada, las resoluciones no siguen una misma línea. El juzgado exclusivo de cláusulas suelo de Vigo, a finales del pasado mes de septiembre ya emitió una sentencia en la que la magistrada declara la nulidad de esta comisión, condenando a una entidad a devolver 601 euros de principal, así como los intereses legales desde que se firmó la hipoteca, lo que elevaría la cuantía a casi 1.000 euros. En el juzgado con sede en Vigo, que atiende las demandas presentadas en la provincia de Pontevedra, se presentaron 1.740 casos, frente a los 1.520 de A Coruña, 379 de Ourense y 168 de Lugo.

La mayoría de las reclamaciones fueron interpuestas después de que los afectados intentasen llegar a un acuerdo extrajudicial con las entidades. Cuando los particulares consideran que la indemnización que les ofrecen es menor que la que deben recibir, recurren a la vía judicial para hacer valer sus derechos, reconocidos por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el 21 de diciembre de 2016. Para presentar las demandas es necesario contar con abogado y procurador, pero previsiblemente las entidades serán sentenciadas a abonar las costas.

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el Ministerio de Justicia y los gobiernos de la mayoría de comunidades autónomas acordaron el pasado 31 de mayo la creación de juzgados de refuerzo para hacer frente al aluvión de demandas por el cobro indebido de cláusulas suelo. El CGPJ nombró al juez de refuerzo en A Coruña, Augusto Javier Mosquera Blanco, y la Xunta a los funcionarios -un gestor, un tramitador y un funcionario de auxilio-.