El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha condenado al Concello al pago de una indemnización de 24.000 euros a una mujer por las lesiones que sufrió a causa de la caída en una acera con desperfectos de la avenida de La Habana caída en una acera en julio de 2014, en el anterior mandato municipal. El fallo tira por tierra la sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2, que había desestimado el recurso de la perjudicada, que se rompió los dos brazos al caer al suelo, al considerar que el accidente se produjo porque no prestó la atención necesaria al caminar por la vía pública.

Al tropezar en un hueco de la acera, la peatón cayo hacia adelante y se rompió el radio del brazo derecho y el húmero del izquierdo, por lo que tuvo que ser trasladada al Hospital Universitario. Permaneció de baja hasta el 31 de diciembre y como secuelas tiene dolor en el codo derecho, que solo puede flexionar en un 30%, además de dolor en el hombro izquierdo.

El Superior da un fuerte varapalo al juzgado por considerar que la deficiencia de la acera era "perfectamente apreciable y visible", y que las losetas estaban levantadas "no más de dos o tres centímetros". Según la nueva sentencia, el hueco del pavimento era una "auténtica trampa" en la que pudieron caer otras personas, por lo que se pregunta "qué sistema métrico" utiliza el juez que dictó el fallo desestimatorio para medir el desperfecto de la acera. Para este tribunal, el estado del pavimento en aquel lugar era "deplorable" y suponía un "grave peligro", a lo que añade que la única forma de que no fuera así sería que los peatones "tengan que ir permanentemente mirando para el suelo como si de un campo de minas se tratase". El Superior destaca además que al día siguiente del suceso el Ayuntamiento valló la zona de la acera donde se encontraba el hueco antes de proceder a repararlo.

A causa del accidente, la mujer se ve limitada para efectuar tareas domésticas, por lo que tuvo que contratar una asistenta, a lo que suma las dificultades para dormir. La víctima había solicitado una indemnización de 38.789 euros, que el Superior rebajó a 24.000 al evaluar los daños físicos sufridos y las consecuencias de los mismos.

Uno de los aspectos que más afea el Tribunal Superior al juzgado que desestimó la reclamación de la afectada es que no tuvo en cuenta la declaración prestada por una mujer que presenció la caída, a la que ni siquiera menciona en la sentencia. Esa testigo explicó que vio que la víctima no iba hablando por teléfono móvil y que ella misma tampoco vio el hueco en la acera. Esta misma mujer declaró además que un hombre que acudió a auxiliar a la lesionada le contó que en ese mismo lugar se habían caído otras personas y que había avisado al Ayuntamiento, sin que se tomaran medidas para corregir los desperfectos.