Dos mujeres han sido sentenciadas a la prohibición sentenciadas de entrar en cualquier supermercado "rotulado Gadis". Una de ellas durante dos años y medio; y, la otra, durante seis meses. Así lo decreta la juez de la sala de lo Penal número 4 en el fallo en el que las condena por robar más de 40 latas de alimentos en un establecimiento situado en la plaza de la Concordia, en Ciudad Escolar. Las acusadas se declararon culpables y aceptaron la pena que les impuso la magistrada, quien relata en la sentencia que accedieron al supermercado sobre las 20.50 horas del 19 de febrero de 2016. Estaban acompañadas por una tercera mujer que consiguió huir con 27 latas, valoradas en 152,40 euros, y que no ha podido ser identificada.

Una vez en el interior del local, las tres ladronas "se metieron un gran número de latas de alimentos entre la ropa con la intención de no abonarlas en caja". Cuando se disponían a huir con el botín, fueron descubiertas y una de ellas consiguió escapar. Una de las condenadas forcejeó con una empleada, a quien le propinó manotazos "para proteger su huida". La otra mujer "no consta que ejerciese ningún tipo de violencia" para escapar. Las dos procesadas fueron arrestadas tras abandonar el supermercado. Los agentes decomisaron latas valoradas en 90,62 euros escondidas entre sus ropas.

La trabajadora que se enfrentó con las sospechosas sufrió la lesiones en la muñeca izquierda. Necesitó de una primera asistencia médica y tardó cuatro días en curar. La agresora fue condenada a un año de cárcel, que no cumplirá con la condición de que no vuelva a delinquir durante los próximos cuatro años. Si comete alguna falta en ese periodo, ingresará en prisión por el robo en el supermercado. La mujer también fue castigada con el pago de una multa de 150 euros y el abono de una indemnización a la empleada de 200 euros por las lesiones que sufrió. Su compañera deberá abonar 150 euros por cometer un delito leve de hurto. Ambas tendrán indemnizar al supermercado con 152,40 euros, que es el importe de las latas que sustrajo la persona no identificada y que no fueron recuperadas por la policía.

El abogado de las sospechosas llegó a un acuerdo antes del juicio con el Ministerio fiscal y la acusación particular, por lo que la vista no se celebró y la juez dictó sentencia oral en la sala después de que las acusadas se declarasen culpables. Contra el fallo no cabe recurso porque fue bajo conformidad.