El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de A Coruña ha condenado al Concello por no haber notificado el cobro de una deuda por una multa de tráfico a la infractora, por lo que la Administración deberá pagar 400 euros y devolver los 236,08 euros objeto de la sanción. La multa de tráfico fue notificada inicialmente al propietario del vehículo, que señaló que en el momento de la infracción no era quien conducía el vehículo, sino una amiga.

"Identificó a la otra persona, con su DNI, e informó de que actualmente reside en Madrid", apunta el abogado de la mujer, Pedro Manuel Freire. Sin embargo, el Concello envió las notificaciones a su residencia en A Coruña sosteniendo que es la que figura en el padrón y en los archivos de tráfico de la conductora.

Cuando la infractora presentó las alegaciones, añadió en estos documentos un nuevo domicilio -el despacho de su abogado- al que deberían enviar las notificaciones sobre la sanción. La providencia de apremio, con la que la Administración informa del cobro de la deuda una vez finalizado el periodo de pago voluntario, nunca llegó a este domicilio sino que fue enviada a la dirección del padrón, donde nadie la recibió.

"El Ayuntamiento hace un primer intento, en el domicilio no hay nadie y, a continuación, hace la publicación en el BOP y le embargan a la persona un saldo -236,08 euros más recargos- en sus cuentas", relata el abogado, quien entiende que la providencia de apremio "no fue notificada debidamente" por lo que se decidió recurrir y llevar a la vía judicial.

El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de A Coruña da la razón a la infractora y ratifica que "no se notificó al domicilio señalado", por lo que revoca la diligencia de embargo y, además, impone al Concello una condena de costas de 400 euros. "Esta condena suele ser el doble de la sanción", explica el abogado que, como profesional, no conoce casos como este.

Lo que no entiende el abogado es que el Ayuntamiento no haya tenido en cuenta la información sobre el domicilio al que la infractora solicitó que le enviasen las notificaciones. "El propietario del coche dio sus datos y eso nunca se tuvo en cuenta. Como no recibía nada en Madrid, en las alegaciones se puso la dirección de mi despacho para notificar cualquier resolución derivada de ese expediente", detalla, y añade que "habrá que pensar que falló el sistema de alguna manera".

Tanto el abogado como su representada estuvieron seguros desde el principio en recurrir la diligencia de embargo por ser contraria a derecho al no haber sido notificada. "A veces se piensa que se recurre porque sí, pero no. Aquí falló algo en la Administración. Siempre hay que pensarlo bien porque como no aciertes en la reclamación te puede costar 283 euros [importe de la multa inicial], más el recargo y los 400 euros de costas", revela. Ahora el que deberá asumir estos gastos será el Concello, condenado por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2.