Un matrimonio ha sido condenado por permitir que su hijo de 13 años faltase a horas de clase durante más de un curso. El Juzgado de lo Penal número 1 de A Coruña ha considerado a los procesados culpables de un delito de abandono de menores, por el que ha impuesto a cada uno de ellos el abono de una multa de 480 euros. El caso se abrió a raíz de una denuncia presentada por el IES Urbano Lugrís ante la Fiscalía de Menores en 2016 debido a las reiteradas ausencias del adolescente.

El alumno -nacido en 2002- no se presentó a las clases que se impartían en el centro de forma injustificada durante 21 horas lectivas, entre el 4 de octubre de 2016 y el 14 de diciembre de ese año. Anteriormente, entre septiembre de 2015 y junio de 2016, el estudiante estaba matriculado en el IES de A Sardiñeira y tampoco se presentó en el aula, "de forma injustificada", durante 296 horas. El juez indica en el fallo que el adolescente cursaba en ambos institutos enseñanza secundaria obligatoria.

"Era inusual que el menor acudiera a clase durante un día completo", recalca el magistrado de Penal 1 en la sentencia, en la que considera acreditada la "absoluta dejación de las obligaciones como padres de los acusados, con omisión de garantizar el deber de la educación que debían procurar a su hijo menor de edad". Los procesados consentían, por tanto, que el niño faltase a las clases en las que estaba matriculado, tal y como obliga la ley.

El representante del Ministerio público imputaba a los investigados en su informe sobre los hechos un delito de abandono de menores, por el que demandaba al juzgado que condenase a cada uno de ellos a la inhabilitación del ejercicio de la patria potestad durante cuatro años, así como al pago de una multa de 2.160 euros. La defensa de los sospechosos, que carecen de antecedentes penales, manifestó por escrito su disconformidad con el relato de hechos de la Fiscalía y exigió la libre absolución de sus clientes.

En el juicio, antes de que comenzase la sesión, la acusación pública y la defensa llegaron a un acuerdo sobre la pena, por lo que la vista se suspendió y el magistrado del Juzgado de lo Penal número 1 de A Coruña dictó sentencia oral en la sala. Los procesados se declararon culpables del delito de abandono de menores y aceptaron abonar, cada uno de ellos, una multa de 480 euros. De esta forma, evitaron que la Justicia les retirase la custodia de su hijo, tal y como demandaba el fiscal en su escrito de calificación. Contra el fallo no cabe presentar recurso porque fue dictado bajo la conformidad de todas las partes implicadas en el procedimiento.