La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid absolvió ayer al menor condenado por la muerte de Francisco Javier Romero Taboada, Jimmy. Los jueces decidieron aceptar el recurso interpuesto contra la decisión adoptada el pasado mes de febrero por el Juzgado de Menores número 4 que consideraba a Álvaro C.G culpable de homicidio por el fallecimiento del aficionado coruñés a orillas del río Manzanares a finales de noviembre del año 2014. La sentencia es recurrible ante el Tribunal Supremo y la familia de Romero Taboada y su entonces pareja sentimental estudian ahora esta posibilidad.

El menor era considerado el autor material de la muerte de Jimmy junto a otros cuatro mayores de edad (cuyo procedimiento se sigue en los juzgados de instrucción madrileños) y hasta la fecha era el único condenado por la brutal paliza que sufrió el aficionado blanquiazul antes de ser arrojado al Manzanares en las horas previas al encuentro que disputaron Atlético y Deportivo en el estadio Vicente Calderón.

Esta decisión, comunicada ayer mediante resolución judicial, revoca así la condena de seis años de condena que le habían sido impuestos al acusado por el Juzgado de Menores al considerar probados los hechos, aunque no lo absuelve de los delitos de riña tumultuaria y tenencia ilícita de armas, por los que deberá cumplir 60 horas de servicios a la comunidad.

En aquella sentencia, el juzgado había dado plena credibilidad al testigo protegido que señaló a los autores de la muerte de Romero Taboada. Su testimonio fue clave para identificar a Álvaro C.G. y a otros cuatro adultos como responsables de los golpes que le ocasionaron la muerte al aficionado coruñés antes de ser lanzado al río. El testigo aseguró, y el Juzgado de Menores lo consideró probado, que el acusado ahora absuelto había golpeado a Jimmy en varias ocasiones con una "defensa extensible" después de caer al suelo a consecuencia de los impactos que había recibido en la cabeza por parte de los otros acusados en el procedimiento.

La Audiencia Provincial de Madrid, sin embargo, ha restado validez a la declaración del testigo protegido. Los jueces argumentan que no solo se trata de un testigo, sino que también es un imputado en el caso. Eso, argumentan en su resolución, le exime de estar obligado a decir la verdad en sus declaraciones. La Audiencia también duda de los motivos del menor para involucrarse en el procedimiento y deslizan que podría hacerlo para autoexculparse, a pesar de que fue amenazado de gravedad por sectores cercanos al Frente Atlético.

La Audiencia de Madrid también pone en duda las declaraciones del testigo y sostiene que se presentan varias contradicciones en el relato que ofreció de los hechos ocurridos en noviembre de 2014. Para los jueces no está tampoco probada la participación del menor condenado en la pelea ni que fuera el causante de las graves heridas que le causaron la muerte a Romero Taboada, aunque sí admiten su presencia a orillas del Manzanares cuando se produjeron los hechos.