La prestación de los 420 euros sólo cubre a los parados que no cobran desde agosto

Se beneficiarán de la medida quienes no tienen ninguna ayuda desde el día 1 de este mes y cumplen el resto de requisitos. El Gobierno estima que la percibirán unas 340.000 personas

 

AGENCIAS | MADRID / SANTIAGO Los parados que hayan terminado el paro antes del 1 de agosto no podrán percibir la ayuda de 420 euros mensuales aprobada por el Gobierno. Sólo los demandantes de trabajo que dejaron de recibir subsidios a principios de mes y que cumplen el resto de requisitos, ya desde ayer, pueden solicitar esta prestación que fue ratificada por el Consejo de Ministros el pasado viernes y cuyo Decreto Ley se publicó este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Las ayudas durarán seis meses y estarán destinadas a los parados que hayan agotado la protección y no dispongan de ingresos superiores al 75% de salario mínimo (SMI), medida que, según cálculos del Gobierno, beneficiará a unas 340.000 personas. Como novedad, el Ejecutivo se ha comprometido a prorrogar el programa por periodos de seis meses mientras la tasa de paro supere el 17%.

En Galicia, el delegado del Gobierno, Antón Louro, redujo a 19.032 -frente a los 24.00 que estimó la semana pasada- la cifra de desempleados de larga duración que podrán optar a la ayuda. Los posibles beneficiarios se encuentran, en su mayoría en A Coruña, con 7.508 personas, seguida de Pontevedra, con 7.424. En Ourense se estiman 2.270 y 1.830 en Lugo.

La financiación de la prestación, estimada en 642 millones de euros, correrá a cargo de los presupuestos del Servicio Público de Empleo Estatal, mientras las comunidades autónomas financiarán las acciones incluidas en los itinerarios de empleo, en los que habrán de estar inscritos los destinatarios.

Según indicó la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros del viernes, esta ayuda, bautizada como Programa Temporal de Protección por Desempleo, supone "una medida extraordinaria, de duración limitada", por cuanto está vinculada a las tasas de desempleo.

De la Vega reiteró que "no es posible hacer un cálculo" de cuándo se volverá a tasas de paro inferiores al 17%, ni dar "una fecha". "Esperamos que esta tendencia (de crecimiento del paro) empiece a bajar", pero "hoy no sería prudente" decir una fecha. Dicho esto, De la Vega se limitó a indicar que "el Gobierno está trabajando" para que el paro "no permanezca mucho tiempo" por encima del 17%.

Concretamente, los beneficiarios de este programa deberán ser menores de 65 años desempleados, que hayan agotado la prestación por paro de nivel contributivo desde el día 1 de agosto y los 180 días naturales siguientes a esa fecha y no tengan derecho al subsidio, siempre que carezcan de rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, así como aquellos que hayan extinguido por agotamiento, incluidas las prórrogas, las prestaciones por desempleo.

Según el texto de la norma, no podrán beneficiarse de esta ayuda aquellos trabajadores que hayan agotado el subsidio por paro para mayores de 52 año, como tampoco los trabajadores fijos discontinuos que, mientras mantengan dicha condición, agoten las prestaciones durante los periodos de inactividad. Quedan fuera también los que terminen las ayudas y subsidios durante la suspensión de la relación laboral o la reducción de la jornada en virtud de expedientes de regulación de empleo.

Los perceptores asumirán el compromiso con el servicio público de empleo de su comunidad autónoma de participar en un itinerario de formación y empleo. La ayuda, además, será incompatible con otras rentas concedidas por las distintas administraciones, y los beneficiarios dispondrán de dos meses desde el momento que hayan agotado su prestación para solicitarla.

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