J. P | A CORUÑA
La Comisión Permanente del Consejo de Estado, encargada de la revisión de los dictámenes, no ha tenido ninguna duda. La resolución se firma con la unanimidad del presidente del organismo consultivo, Francisco Rubio Llorente, siete de sus consejeros y el secretario general. En la sesión de ayer estaban presentes Landelino Lavilla, ministro de Justicia y presidente del Congreso con UCD; Miguel Rodríguez-Piñero y Bravo Ferrer, responsable del Tribunal Constitucional entre 1992 y 1995; Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón, uno de los padres de la Constitución y ex militante del PP desde 1993; Fernando Ledesma Bartret, magistrado del Supremo y ex presidente del Consejo de Estado; Antonio Sánchez del Corral y del Río, capitán; José Luis Manzanares, ex magistrado de la Sala Penal del Supremo; Enrique Alonso, experto en Derecho Administrativo; el secretario general del organismo, José María Martín Oviedo; y el presidente, Francisco Rubio Llorente, a la cabeza.
El dictamen que ampara las tesis del Gobierno sobre los diez puntos más conflictivos de la reforma de la ley gallega de cajas llegó al Ministerio de Política Territorial al mediodía de ayer y servirá de base para el recurso de inconstitucionalidad que previsiblemente se presentará hoy mismo si no hay sorpresas en el Consejo de Ministros. La propia resolución incluye la motivación de la urgencia en la petición de análisis realizada por parte del Ejecutivo ante el "brevísimo plazo" dispuesto en la normativa gallega para la renovación y adaptación de los órganos de gobierno de las cajas a las disposiciones que se recogen. Moncloa considera conveniente presentar el recurso con "la mayor brevedad" para "evitar los graves perjuicios derivados de la aplicación de sus previsiones".
Con ésta, será ya la sexta vez que un Gobierno central acude al Constitucional para garantizar la legalidad de una normativa autonómica del sector de las cajas. Ocurrió con Caja Madrid, tras la disputa entre la Comunidad y el ayuntamiento de la capital. Durante la etapa de Aznar, con la reforma llevada a cabo en Andalucía y que se saldó con cambios en la Lorca. Con las leyes de Aragón y Canarias en 1993, que pretendían rebajar también las mayorías necesiaras en las Asambleas de sus entidades para las autorizaciones de las fusiones. Y también en el País Vasco.