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El recurso a la ley de cajas denuncia invasión de competencias del Banco de España

"Cualquier autorización autonómica que suponga el ejercicio discrecional de una facultad de veto a la entrada de una caja en un SIP es inconstitucional", afirma el Gobierno, que habla de una "extralimitación" de la Xunta

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María Teresa Fernández de la Vega y José Blanco, ayer, tras el Consejo de Ministros. / efe
María Teresa Fernández de la Vega y José Blanco, ayer, tras el Consejo de Ministros. / efe 

JULIO PÉREZ | A CORUÑA Con la contundencia del Consejo de Estado en su análisis de la nueva ley gallega para las cajas de ahorros -unánime la opinión de los nueve miembros del órgano consultivo supremo ante la existencia de "fundamentos jurídicos suficientes" para recurrirla- el Gobierno central llevará la normativa al Tribunal Constitucional. El Consejo de Ministros tomó ayer la decisión, como se esperaba, con el firme propósito además de solicitar la suspensión de los diez requisitos que se incluyeron en la reforma y en los que Moncloa sospechaba que se estaban invadiendo sus competencias o los principios básicos que rigen el sector en todo el país a través de la Ley de Órganos de Representación de las Cajas de Ahorros, la Lorca.

"Nuestra obligación es salvaguardar las competencias del Estado, fundamentalmente, y también las del Banco de España, porque creemos que la determinación de la solvencia y de la naturaleza jurídica de las entidades de crédito es una facultad que no está atribuida a las autonomías", explica la vicepresidenta primera, María Teresa Fernández de la Vega. Una "extralimitación" que el Ejecutivo y el Consejo de Estado trasladan también a las novedades aprobadas para los procesos de renovación de los órganos de representación de Caixa Galicia y Caixanova.

Diez eran los puntos conflictivos sobre los que el Ministerio de Política Territorial consultó al Consejo de Estado y diez son los puntos que se recurrirán ante el Constitucional con el apoyo de la resolución de los expertos jurídicos. La autorización previa de la Consellería de Facenda para adoptar medidas ante una situación de déficit patrimonial en alguna de las dos entidades condiciona, según el Ejecutivo, "la aplicación de la legislación básica estatal" y derivaría en una atribución de la Xunta "de decisiones propias de la labor de supervisión ordinaria de las autoridades estatales", sobre todo del Banco de España.

El recurso carga contra el carácter constitutivo del registro de altos cargos -sin la inscripción, el nombramiento no es oficial-, la "no aplicación" del principio de proporcionalidad obligatorio en el régimen electoral de las cajas en la designación de las entidades representativas de intereses colectivos, la imposibilidad de nombrar miembros de los consejos que no vengan de la Asamblea y el veto a que el resto de sectores, como el Parlamento, tengan más de un representante en el consejo. En todos y cada uno de estos motivos hay, según el Gobierno central y la resolución del organismo consultivo, una vulneración de la Lorca.

La normativa estatal, de obligado cumplimiento en los desarrollos autonómicos, queda al margen también de la reducción a una mayoría simple en las votaciones de las fusiones -la ley gallega marca una mayoría simple y suprime la opción de que los estatutos de las cajas puedan reforzar los requisitos- y la renovación "parcial" en dos meses de los órganos de gobierno de Caixa Galicia y Caixanova. La ley de bases y el Constitucional exigen que los cambios sean parciales y, según el Consejo de Estado, el retraso de un año en la renovación de los empleados es sólo una "singular excepción".

Al igual que el dictamen de los juristas, el Gobierno central es muy claro respecto a las condiciones que acompañan el permiso de la Xunta a los Sistemas Institucionales de Protección (SIP). La reforma aprobada por Partido Popular y Bloque en el Parlamento gallego ampara "las consecuencias que pudiesen derivarse de la operación para el cumplimiento de la finalidad financiera y social de la entidad en Galicia".

Moncloa sostiene que se trata de "una serie de parámetros ajenos a la salvaguarda de la solvencia de las entidades". Y avisa. Cualquier autorización autonómica "que suponga el ejercicio discrecional de una facultad de veto a la incorporación de una caja al SIP" se debe convertir "en inconstitucional".

El recurso busca además salir en defensa de la autonomía de las propias entidades. Tanto el control de los presupuestos y los excedentes de la Obra Social, como el permiso especial que la nueva ley otorga a la Consellería de Facenda para los gastos de más de 500.000 euros "exceden las competencias autonómicas".

La vicepresidenta, que hoy se reúne con Núñez Feijóo para analizar las prioridades de la presidencia española de la UE, explicó la decisión del Ejecutivo junto al ministro de Fomento, José Blanco.

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