La Audiencia Provincial de A Coruña ha desestimado el recurso de apelación de la Fiscalía del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) sobre la demanda colectiva de afectados por participaciones preferentes y obligaciones subordinadas contra Novagalicia Banco, como heredero de Caixanova y Caixa Galicia, las entidades que comercializaron estos productos financieros de riesgo. El auto dictado el 15 de febrero por la Sección Tercera de la Audiencia coruñesa confirma íntegramente la resolución anterior del Juzgado de Primera Instancia número 11 de A Coruña y considera "inexcusable el análisis de cada caso concreto" de los titulares de este tipo de productos, por lo que solo reconoce al Ministerio fiscal legitimación para ejercer la acción de cesación -la petición de que finalice la venta de este tipo de participaciones por parte de las demandadas-.

"La Sala entiende que el Ministerio fiscal solo tiene legitimación para la acción de cesación y que no puede calificarse de colectiva la que se denomina como 'acción de nulidad y resarcimiento' por la falta de información o los vicios del consentimiento, existiendo derechos individuales y subjetivos específicos de cada persona que intervino en los contratos", reza el auto emitido por la Audiencia de A Coruña. "Los artículos 11 y 15 de la Ley de Enjuiciamiento Civil no facultan para el ejercicio en masa de acciones individuales por ineficacia contractual, que es en definitiva lo pretendido por el Ministerio fiscal", continúa la resolución.

El auto no es recurrible, por lo que la Fiscalía solo puede seguir por la vía de la acción de cesación que le reconocen los dos autos y hacer sus reclamaciones durante el juicio en el Juzgado de Primera Instancia número 11 de A Coruña, a donde vuelve el caso. Quedan excluidas así la acción de nulidad -que pedía que se declarase nula la venta de preferentes- y la de resarcimiento -que reclamaba indemnizaciones por daños y perjuicios-.

Una vez convocado el juicio -estaba fijado para el 20 de diciembre pero se aplazó ante el recurso-, que se producirá en los próximos dos meses, el Ministerio público presentará como argumento un antecedente de la jurisprudencia europea que establece que en casos de prácticas abusivas -como el de las preferentes- el juez debe anular de oficio los contratos. Si el juzgado no le da la razón, la Fiscalía recurrirá la sentencia ante la Audiencia Provincial, después en el Tribunal Supremo y en el Constitucional si es necesario. El Ministerio fiscal espera que el caso esté resuelto, aunque tenga que llegar al Constitucional, en un año.

La Fiscalía gallega quiere llegar hasta el final, como reconoció el fiscal superior de Galicia, Carlos Varela, al anunciar la presentación del recurso, en octubre del año pasado: "El caso de las participaciones preferentes será el caso de la Fiscalía en Galicia", sentenció, y aseguró que agotaría las vías legales para lograr la devolución del dinero a los afectados.

Precisamente, la demanda del Ministerio público pretendía evitar la acumulación de demandas individuales en los tribunales gallegos. Tras su reunión con los afectados en octubre, Varela aseguró que, en caso de no prosperar el recurso, había más de 30.000 afectados dispuestos a acudir a los juzgados.