La sección sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha ratificado la sentencia del juzgado de primera instancia número 3 de Vigo que condenó en 2014 al Banco Santander a devolver 281.000 euros a una madre y su hija por la nulidad de contratos de preferentes, valores del Banco Santander y un seguro de inversión al detectarse que las firmas eran falsas. En la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, con fecha de 7 de diciembre de 2015, se confirma la nulidad o inexistencia de los contratos por falta de consentimiento de las demandantes, madre e hija, defendidas por el abogado Fernando Mosquera Vieitez, de forma que se obliga a la entidad a devolver el capital invertido más los intereses legales.

La sentencia de la Audiencia Provincial respalda la obligación de que el banco devuelva los 281.000 euros por la nulidad de los contratos suscritos entre 2006 y 2007, si bien estima el recurso de apelación interpuesto por el Santander en lo tocante a que las demandantes deberán entregar a la entidad demandada las acciones de la sociedad Deoleo S.A., derivadas del canje de participaciones preferentes SOS Cuétara.

Posibilidad de recurso

La sentencia puede ser impugnada ante la Sala Primera del Tribunal Supremo mediante recurso de casación por interés extraordinario o por infracción procesal.

El fallo explica que fue en 2006 cuando el director de una oficina de Vigo recomendó a un matrimonio, cliente desde hace más de 30 años, que liquidase parte de un fondo de inversión y colocase su dinero en otro producto "más ventajoso", "sin riesgos y que contaba con la garantía del Banco Santander". La pareja contrató preferentes de SOS Cuétara por un importe de 150.000 euros, valores Santander por 125.000 euros y 6.000 euros en un seguro de inversión.

En 2008, tras fallecer el hombre, la hija del matrimonio preguntó al director por el estado de los ahorros de sus progenitores, quien le aseguró que no había problema. En 2012 madre e hija recibieron la documentación sobre las participaciones preferentes SOS Cuétara, valores Santander y un seguro de inversión en el que al examinar los documentos comprobaron que "las firmas que figuran en el contrato de seguro junto a sus nombres no fueron realizadas por ellas".