La Fiscalía ha alegado "práctica abusiva e ilegal" por parte de Gas Natural en los cobros a algunos clientes, por consumos de más de un año de antigüedad respecto a la fecha de emisión de la factura, en el juicio verbal celebrado contra esta empresa.

La vista ha tenido lugar este lunes en el Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, tras el establecimiento de medidas cautelares el pasado mes de marzo, en relación al procedimiento instado por la Fiscalía Provincial de A Coruña contra Gas Natural por posibles cobros abusivos a clientes.

El Ministerio Público presentó la demanda colectiva tras las denuncias de asociaciones de consumidores. En su escrito, alega que la empresa incurrió "en una demora en la facturación superior a la establecida en la regulación sectorial".

La Fiscalía ha pedido que se "prohíba" a la empresa que haga refacturaciones de más de un año y pide que, en caso de impago de estas facturas complementarias, no se pueda proceder a un corte de suministro ni a la posible inclusión de los clientes en una lista de morosos.

La demanda colectiva es presentada contra Gas Natural Sur, la empresa comercializadora de Gas Natural Fenosa, que presentó facturas "que en algunos casos incluso superaban los 3.000 euros" y lo hizo "fuera del plazo legal", según apunta el fiscal.

Así, considera que se trata de una "conducta no solo irregular sino también abusiva" que "vulnera derechos de los consumidores".

También sostiene que la empresa "fue sancionada reiteradamente" por parte del Instituto Galego de Consumo, pero que "persistió en facturar con un retraso superior al plazo de un año legalmente establecido".

Según ha indicado el fiscal, la norma permite un periodo de un año para corregir "errores administrativos", como podría ser una "falta de lectura por causas no imputables al cliente", pero afirma que Gas Natural Fenosa ha cobrado estas cantidades pasado ese tiempo.

Argumento de la empresa

"Se presentó la demanda y se observó que la empresa demandada persistía en esta conducta. Ahora dice que en enero de este año dejó de hacerlo", ha señalado el fiscal.

Frente a esto, el abogado que representa a la empresa ha defendido que la ley no fija un plazo para que el distribuidor (Gas Natural) haga llegar la lectura al comercializador (Gas Natural S.U.R) y que el retraso no es imputable a este último.

Sostiene que la demanda contiene un error cuando contabiliza el año hasta la fecha de emisión de la factura, pues debe ser hasta el descubrimiento del error.

Así, entiende que no existen las facturas a las que alude el fiscal y opina que con la demanda el fiscal pretende "introducir plazos donde la ley no los establece" y "establecer obligaciones a Gas Natural Sur (comercializador) cuando la ley se los pone a los distribuidores".

Durante su intervención, el letrado ha incidido en que "cuando ha habido un error, se ha reconocido y se ha devuelto el dinero al usuario" y ha dicho que nunca "se ha facturado nada por encima de la realidad".