El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha puesto fin al conflicto que enfrentaba a los socios minoritarios de Engasa y a la cúpula directiva. La Justicia condena a cinco integrantes de la dirección, entre ellos el presidente de la compañía Benito Fernández González, a pagar más de siete millones de euros a los primeros por haber cedido activos de la firma a favor de un parque eólico en el que tenían intereses particulares.

La sentencia no admite recurso y supone la conclusión de un conflicto de nueve años, al dar la razón a los socios que sumaban alrededor del 40% de una sociedad que gestiona más de 300 megavatios en Galicia. El Alto Tribunal ha tumbado el recurso de los condenados contra un laudo arbitral que les imponía la citada multa, si bien los demandantes exigían 9,4. Estos son Sociedad Electricista de Tuy, Adelanta Corporación, Electra, Terawatio y Distribuidora Eléctrica de Catoira.

La sentencia, que no admite recurso, concluye que los citados directivos "hicieron lo posible por no cumplir" el laudo que les había impuesto la multa sobre un caso que partió de la decisión de estos para favorecer sus intereses, según quedó avalado en el caso.

Los cinco condenados controlaban el consejo de administración de la firma que instaló el primer parque eólico de Galicia en 1983 y decidieron ceder 40 megavatios a un parque de Xiabre, en Vilagarcía a otra sociedad en la que tenían intereses particulares. A pesar de las quejas de los minoritarios por la decisión, estos no fueron devueltos "ni contabilizados legalmente en unas cuentas consolidadas", lo que, según el laudo, fue "generador de daño" económico. Lo mismo entiende el TSXG, que considera justificada la decisión adoptada por el árbitro.

Cambio de dirección

Además, el Alto Tribunal también tumba la decisión del consejo de administración de relevar este órgano por un administrador único, que pasaría a ser Núcleo Estable, una sociedad que dominaban los cinco condenados. Otro laudo impedía al presidente de Engasa tomar esta clase de decisiones y las vinculaba con el "interés propio y en detrimento injustificado de los socios minoritarios", que han logrado la indemnización en un proceso en el que fueron defendidos por los despachos Bermor Abogados y Briz Jurídico.

La sentencia del TSXG se produce casi un año después del laudo que imponía esa multa de siete millones de euros a los directivos de Engasa "por el perjuicio causado a la sociedad por sus actuaciones". Ese laudo, con fecha 20 de abril de 2015, y otros dos eran la respuesta al "incumplimiento" por parte de los condenados de cuatro laudos anteriores y una sentencia firme emitida por la Audiencia Provincial de A Coruña. De esta forma concluye una batalla judicial de casi una década de duración.