Dos sentencias de la Audiencia Nacional que han establecido, con carácter general, la obligación de las empresas de registrar la jornada laboral de todos los trabajadores, sin exención, y una intensificación de las medidas de control de Inspección de Trabajo, obligan a la pequeña y mediana empresa a llevar un registro diario de la jornada de trabajo de sus empleados.

Esta situación fue ayer objeto de análisis en el Colegio de Gestores Administrativos de Galicia, presidido por Pilar Otero, que recuerda la obligatoriedad de las empresas de que el registro debe incluir hora de entrada y salida y el total de horas trabajadas por jornada, tanto ordinarias como extraordinarias y documentar las horas efectivamente trabajadas, día a día a lo largo del mes. Este informe debe entregarse al trabajador y que éste lo firme y enviar una copia a los representantes de los trabajadores.

El registro, dice el colegio, debe estar firmado por la empresa y el trabajador, archivado con la documentación de la nómina, pago de seguros sociales, calendario laboral y otros documentos relacionados con temas laborales.

El Colegio de Gestores Administrativos de Galicia recuerda que, la jornada de trabajo "no podrá ser superior a la pactada en los convenios colectivos o en los contratos de trabajo". Además la norma impone llevar un registro diario de la jornada, ya que la Inspección de Trabajo ya ha empezado a solicitarlo y en el caso de no tenerlo, obliga a confeccionarlo y al pago de una sanción".

Los máximos responsables de la organización explican que la Inspección de Trabajo quiere evitar el fraude con las horas extraordinarias y procurar su correcta vigilancia, retribución y cotización, en especial en las pequeñas y medianas empresas". El colegio critica que no exista un modelo oficial de registro.