El Tribunal Supremo acaba de desestimar los recursos interpuestos por el concello lucense de A Fonsagrada y el asturiano de Santa Eulalia de Oscos sobre el trazado de la línea eléctrica de alta tensión Boimente-Pesoz, uno de los tramos principales de la autopista energética entre Asturias y Galicia.

La sentencia, emitida el pasado lunes y publicada ayer, rechaza así los recursos de casación de ambos municipios y de la asociación Camín Grande contra una sentencia de abril de 2014 dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid e impone a las partes el pago de las costas judiciales.

Los dos ayuntamientos, así como la asociación Camín Grande, constituida en febrero de 2012, rechazaban la construcción de esa línea de 400 kilovatios entre Boimente y Pesoz alegando supuestas irregularidades en cuestiones medioambientales o urbanísticas que el Supremo coincide en rechazar.

El Consejo de Ministros acordó en abril de 2013 declarar de utilidad pública la línea de alta tensión Boimente-Pesoz, a solicitud de la firma Red Eléctrica de España (REE), que alegaba que así permitirá facilitar la evacuación y el transporte de la generación excedentaria de estas comunidades, así como favorecer la energía de tipo renovable, principalmente eólica.