Luz verde a la nueva ley de autónomos tras diez meses de tramitación, multitud de tiras y aflojas políticos y tras superar 150 enmiendas. El Senado aprobó ayer por unanimidad esta normativa que supera así su último trámite, aunque muchas de las medidas más jugosas no entrarán en vigor hasta el uno de enero de 2018. Otras, sin embargo, no tendrán que esperar tanto y se pondrán en marcha en cuanto la ley sea publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Entre las de este segundo grupo figura la de que los autónomos que alcancen la edad de jubilación puedan cobrar el 100% de la pensión y continuar trabajando. Aunque con una condición, tienen que tener al menos a un asalariado en plantilla para poder prolongar la vida laboral y al mismo tiempo percibir toda la paga por retiro.

Mientras, la mayor parte de las medidas estrella de la ley quedará para el próximo año. Entre ellas está la ampliación de la llamada tarifa plana de 50 euros para los nuevos autónomos y para aquellos que quieran reemprender su actividad. Además de otras ayudas para, por ejemplo, reducir las cargas administrativas o para fomentar la creación de empleo.

Las asociaciones de autónomos aplaudieron la aprobación de la ley, aunque aseguran que aún queda alguna que otra "laguna". "Sin duda, la ley hará un poco más llevadero el duro camino del autónomo, pero están sin resolver aún algunos problemas", señaló el líder de la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA), Eduardo Abad. Entre los retos pendientes nombra el de conseguir un aumento de las pensiones que perciben estos trabajadores. El presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), Lorenzo Amor, aseguró que la normativa es un "paso adelante muy importante".

EMedidas para el empleo. En este apartado figuran algunas de las novedades más importantes. Entre ellas, la extensión de la tarifa plana, de seis a doce meses. Esto quiere decir que los nuevos autoempleados solo tendrán que pagar 50 euros como cuota a la Seguridad Social durante los primeros doce meses de su actividad. Los que quieran reincorporarse al régimen de autónomos también podrán beneficiarse de esta ayuda. Además, se reduce de cinco a dos años la obligación de no estar previamente dado de alta en la Seguridad Social. También se creará una nueva bonificación del 100% de la cuota si el autónomo contrata de forma indefinida a su cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad, hasta el segundo grado inclusive. Todos estos cambios entrarán en vigor al inicio del próximo ejercicio.

EMedidas en la cotización. Los autónomos podrán cambiar de base de cotización hasta cuatro veces al año, en lugar de las dos actuales, y las bajas y altas en la Seguridad Social se podrán realizar tres veces al año, siendo efectivas en el día realizado. De esta forma, únicamente se pagará la cuota de los días en los que el autónomo esté dado de alta y no el mes completo, como ocurría hasta el momento.

EMedidas fiscales. La ley reduce los recargos por retrasarse en el pago de las cuotas a la Seguridad Social. Pasarán del 20% de penalización actual al 10%. Otra de las medidas estrella es que los autoempleados pueden deducirse un 30% de los gastos de suministros como el agua, luz y telefonía cuando trabajen desde casa. También podrán descontar (si cumplen una serie de condiciones) 26,67 euros diarios en el IRPF en concepto de gasto en comida cuando estén en territorio español y 48 euros si están en el extranjero.

EMedidas para conciliar. Las madres que se reenganchen al sistema de autónomos sin que se hayan cumplido dos años desde que cesaran su actividad por motivos de maternidad o adopción también podrán acogerse a la tarifa plana de 50 euros. El Senado aprobó también una exención del 100% de la cuota durante un año para el cuidado de menores o dependientes. Este conjunto de medidas entrará en vigor de forma inminente.