El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) avaló ayer la posibilidad de limitar temporalmente la prolongación de los contratos laborales más allá de la edad de jubilación ordinaria y que a priori el trabajador no puede invocar que se trata de un recurso abusivo para encadenar contratos temporales. El fallo se refiere al caso de un profesor contractual alemán al que las autoridades de Bremen denegaron una segunda prolongación de su contrato tras haberle autorizado a prolongarlo hasta finalizar el curso 2014-2015 pese a haber alcanzado la edad de jubilación.

El Tribunal Regional de Trabajo de Bremen pidió a la Justicia europea aclarar si la norma alemana -que permite aplazar sin limitación temporal la extinción de un contrato de trabajadores al alcanzar la edad de jubilación, varias veces, si hay acuerdo entre las partes- es compatible con la normativa europea. El tribunal no cree que perjudique a los trabajadores en edad de jubilación frente al resto.