A lo largo de este domingo 20 de diciembre, los ciudadanos depositarán su voto en los colegios electorales. Una vez finalizada la votación en estas elecciones generales llegará el momento del escrutinio o recuento de votos.

El escrutinio, que es público ya que cualquier ciudadano sea votante o no puede acceder libremente a él, lo realiza el presidente de la Mesa electoral sacando uno a uno los sobres de la urna. Al mismo tiempo lee en voz alta el partido o el nombre de los candidatos votados y enseña la papeleta a los vocales, interventores y apoderados de las mesas.

En el caso de que alguno de los presentes tuviera dudas sobre el contenido de las papeletas leídas a viva voz por el Presidente, éstos podrán pedir la papeleta para proceder a su examen.

Finalizado el recuento de votos obtenidos por cada candidatura, el presidente anuncia:

1. El número de electores censados.

2. El número de votantes.

3. El número de votos nulos.

4. El número de votos en blanco.

5. El número de votos por candidaturas.

Destrucción de las papeletas

Despejada cualquier duda, se destruyen todas las papeletas de la urna excepto las consideradas como votos nulos o las que han generado alguna duda o reclamación. Éstas serán firmadas por el Presidente de la Mesa y entregadas en el Juzgado de 1ª Instancia o de Paz con el acta de la sesión.

Terminado este proceso, se extiende el acta de escrutinio que se colgará en la puerta del colegio electoral. Una copia de dicha acta será entregada a la persona designada por la Administración para recibirla, a los Interventores de la mesa electoral y a los representantes de cada candidatura que lo soliciten.

Firma del acta de la sesión

El siguiente paso es la firma del acta de la sesión, que refrendarán el Presidente, los vocales y los interventores de la Mesa. En este documento se incluye la siguiente información:

1. El número de electores que haya en la Mesa, según las listas del Censo electoral o las certificaciones censales aportadas.

2. El número de electores que han votado.

3. El número de interventores que han votado no figurando en las listas de la Mesa.

4. El número de papeletas nulas.

5. El número de papeletas en blanco.

6. El número de votos obtenidos por cada candidatura.

7. Reclamaciones y protestas formuladas sobre la votación y el escrutinio, así como las resoluciones de la Mesa sobre ellas.

Todos los representantes de las listas y miembros de las candidaturas, así como los apoderados e interventores tienen derecho a que se les dé una copia del acta en el momento.

Tres sobres para cerrar la Mesa

Para finalizar, la Mesa preparará tres sobres. El primero contiene el expediente electoral, que está compuesto por el original del acta de constitución de la Mesa, el original del acta de la sesión, la lista numerada de votantes y las papeletas a las que se hubiera negado validez o que hubieran sido objeto de alguna reclamación. También se incluirá la lista del Censo electoral utilizada y las certificaciones censales aportadas.

El segundo y tercer sobre contendrán cada uno copia del acta de constitución de la Mesa y copia del acta de la sesión.

Una vez cerrados todos los sobres, éstos serán firmados por el Presidente, los vocales y los interventores de la Mesa, que se desplazarán al Juzgado de Primera Instancia o de Paz para entregar el primer y segundo sobre.

El tercero será entregado al empleado del Servicio de Correos, que se personará en la Mesa electoral para recogerlo. Al menos un Vocal debe permanecer allí hasta haber realizado esta entrega.