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Corrupción en el Palau de la Música

Libertad provisional para Fèlix Millet y Jordi Montull

La Audiencia de Barcelona descarta el riesgo de huida dado el comportamiento que han demostrado los dos imputados en los últimos meses.

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Libertad provisional sin fianza del ex presidente del Palau de la Música, Fèlix Millet, y su mano derecha, Jordi Montull.
Libertad provisional sin fianza del ex presidente del Palau de la Música, Fèlix Millet, y su mano derecha, Jordi Montull.  ACN
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EFE La Audiencia de Barcelona ha acordado mantener en libertad provisional a los dos principales imputados por el desvío de fondos del Palau de la Música, Fèlix Millet y Jordi Montull, al considerar descartado el riesgo de huida dado el comportamiento que han demostrado en los últimos meses.

Para garantizar que los imputados permanezcan a disposición del juzgado, el tribunal únicamente obliga a Millet y a Montull a comparecer mensualmente ante el juez instructor, que en su día no estableció ninguna medida cautelar contra los imputados excepto la retirada de su pasaporte.

El auto considera que el encarcelamiento preventivo de Millet y Montull sería "totalmente improcedente en el actual momento procesal", dado que no existe riesgo de que intenten eludir la acción de la justicia ni de que destruyan pruebas, por estar ya apartados de los cargos que ostentaban en el Palau de la Música.

En opinión del tribunal, el indicio más evidente de que no hay riesgo de huida es que ambos imputados han podido fugarse "sin la menor traba o dificultad" desde que hace cinco meses tuvieron conocimiento de que se iniciaba el proceso contra ellos, pero no lo han hecho.

Respecto al argumento de las acusaciones de que los encausados pueden haber perdido arraigo domiciliario y familiar a raíz de su imputación, el tribunal alega que Millet y Montull "tienen evidentemente conocido su domicilio y su familia instaurada en la demarcación territorial" de la Audiencia Provincial.

Y el tribunal remacha con otro argumento: pretender el riesgo de fuga exclusivamente a partir de la capacidad económica personal y familiar "implicaría sancionar a los sujetos desde el punto de vista subjetivo o personal, y en modo alguno objetivo o jurídico".

El auto de la Audiencia remarca también que, desde la última reforma penal de 2003, la alarma social dejó de ser una circunstancia que justificara la prisión preventiva y descarta que Millet y Montull puedan destruir pruebas incriminatorias, puesto que ambos han sido cesados de sus cargos y tienen vetado el acceso a los centros donde desarrollaban su pretendida actividad delictiva.

Acusaciones reprochadas

La sala reprocha además a las acusaciones -Fiscalía, Consorcio del Palau de la Música y Fundación Palau de la Música- que esgriman el riesgo de destrucción de pruebas, "sin indicar base indiciaria alguna, o qué fuentes de prueba podrían verse afectadas (...)".

En su auto, la Audiencia de Barcelona afirma que podría compartir "sin dificultad" la inicial calificación jurídica de los hechos contenida en la querella, que imputa a Millet y Montull los delitos de apropiación indebida y falsedad documental, pero evita pronunciarse sobre la posible imputación de malversación de caudales públicos e infidelidad en la custodia de documentos.

La sala elude entrar en el debate sobre la existencia de malversación -delito al que las auditorías del Palau abrieron la puerta al constatar que los imputados habrían desviado fondos públicos del Consorcio del Palau de la Música-, aduciendo que éste no constaba en la querella interpuesta por la Fiscalía el pasado mes de junio.

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