U. FOCES | VIGO
El narco gallego Laureano Oubiña seguirá en el fichero de presos peligrosos y por lo tanto no podrá disfrutar de permisos carcelarios ni disfrutar de beneficios carcelarios. El Tribunal Supremo ha rechazado excluirle del Fichero de Internos de Especial Seguimiento (FIES), y le ha impuesto el pago de las costas (por valor de 1.000 euros) del procedimiento que emprendió contra la resolución de Instituciones Penitenciarias ante la Sala Contencioso Administrativa del Tribunal Supremo.
El preso presentó recurso por la vía contenciosa, si bien en todas las instancias anteriores al alto tribunal se rechazó su pretensión por "incompetencia de este orden jurisdiccional para revisar las decisiones de la Dirección General".
La sentencia del Tribunal Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Pedro José Yagüe, confirma esta resolución y recuerda que la propia Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) señala que corresponde a los juzgados de vigilancia penitenciaria (orden penal) "el control jurisdiccional de la potestad disciplinaria de las autoridades penitenciarias y el amparo de los derechos y beneficios de los internos en los establecimientos penitenciarios".
El pasado mes de junio, la Audiencia Nacional rechazó aplicar a histórico narco gallego la nueva doctrina del Tribunal Constitucional sobre permanencia en prisión provisional de delincuentes reincidentes, por lo que le fueron denegadas las redenciones de condena que había solicitado.
Laureano Oubiña, que se encuentra actualmente ingresado en el centro penitenciario de Topas (Salamanca), cumple dos de las tres condenas que le impuso la Audiencia Nacional por delitos contra la salud pública y otros, y que expirarán el mes próximo y julio del año 2016.
El Tribunal Supremo desestima así el recurso que Oubiña interpuso contra un auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que en 2007 confirmó la decisión de Instituciones Penitenciarias de que este siguiera incluido en el FIES y le recuerda que las reclamaciones debe hacerlas por vía penal.